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Documento BOE-J-2024-370610

VALLADOLID. Edicto de 19 de junio de 2024 en procedimiento concursal número 336/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 154, de 26 de junio de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2024-370610

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JDO. DE LO MERCANTIL N. 2

Dirección: CALLE NICOLAS SALMERON Nº 5, 8ª PLANTA

Localidad: VALLADOLID

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983773064

Correo electrónico: mercantil2.valladolid@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 336/2024

NIG: 4718647120240000736

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/06/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores del concursado

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 336-24 y NIG nº 47186 47 1 2024 0000736 se ha dictado en fecha AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario del deudor URFIRNIS S.L., con CIF B47333414 , cuyo centro de intereses principales lo tiene en con domicilio en plaza V Centenario nº14 1ºB de Arroyo de la Encomienda (Valladolid). 2º.- Se ha acordado la que el deudor mantendrá las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, aunque solo podrá realizar aquellos actos de disposición que tengan por objeto la continuación de la actividad empresarial o profesional, siempre que se ajusten a las condiciones normales de mercado. 3º.- En los veinte días hábiles siguientes a la apertura del procedimiento especial de liquidación, cualquier acreedor podrá presentar por medios electrónicos, a través de formulario normalizado, alegaciones en relación con la cuantía, características y naturaleza de su crédito, o respecto del inventario de la masa activa. Transcurrido dicho plazo, se considerarán definitivos tanto los créditos sobre los que no se hayan realizado alegaciones como las partidas del inventario no impugnadas. Dentro del mismo plazo y de la misma forma, cualquier persona que tenga un crédito contra el deudor podrá solicitar la inclusión del mismo en el procedimiento especial de liquidación. La solicitud incluirá la identificación del acreedor, con la aportación de una dirección de correo electrónico, así como todos los datos relevantes relativos al crédito, incluyendo su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y clasificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán los bienes o derechos a que afecte, y, en su caso, los datos registrales. A la solicitud se acompañará copia del título o de los documentos relativos al crédito. El administrador de la empresa dispone de veinte días hábiles para presentar un plan de liquidación por medio de formulario normalizado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la dirección electrónica del Registro Público Concursal.

VALLADOLID, 19 de junio de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA INES GARCIA ALONSO

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