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Documento BOE-J-2024-173411

ZARAGOZA. Edicto de 21 de marzo de 2024 en procedimiento concursal número 528/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 75, de 26 de marzo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ZARAGOZA
Referencia:
BOE-J-2024-173411

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Zaragoza

Dirección: Plaza EXPO 6 EDIFICIO VIDAL DE CANELLAS

Localidad: Zaragoza

Código Postal: 50018

Provincia: Zaragoza

Teléfono: 976208296

Correo electrónico: mercantil2zaragoza@justicia.aragon.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 528/2022

NIG: 5029747120220001066

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 19/03/2024

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 10

DESTINATARIOS

Acreedores no personados: Hoist Finance; Lc Asset 1 Sarl-Cetelem, Media Markt, y CityBank

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dª Elena Victoria Buil Torralba Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Zaragoza

,ANUNCIA

Que en el la Pieza de incidente concursal de oposición a la exoneración provisional del pasivo insatisfecho 528/2022-G, y N.I.G. 50297471202200010666 se ha dictado Providencia de fecha 19 de marzo de 2024 que es del ternor literal siguiente.

"PROVIDENCIA.- MAGISTRADO-JUEZ

Dª. MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHO.

En Zaragoza, a 19 de marzo del 2024.

1.- Se tiene por presentada demanda incidental por la Procuradora Sra. BONET PERDIGONES en nombre y representación de Dª. María Isabel Urdaneta Arroyo de oposición a la denegación de la exoneración del pasivo insatisfecho de conformidad con lo dispuesto por la Audiencia Provincial de Zaragoza en su Auto 21/2024 de 16 de febrero de 2024.

2.- Reuniendo la demanda los requisitos de postulación exigidos en el artículo 512 del TRLC y el escrito la forma prevista en el artículo 399 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al que se remite el artículo 536 della citado TRLC, procede la admisión a trámite del presente incidente concursal.

3.- Emplácese a los acreedores del concursado que se encuentran personados en las actuaciones, mediante la notificación de la presente resolución, para que en el plazo común de DIEZ DIAS contesten a la demanda en la forma prevista en el artículo 405 de la LEC.

4.- Los ACREEDORES NO PERSONADOS serán emplazados mediante publicación de edictos en el RPC y en el TEJU y el plazo de contestación a la demanda comenzará a partir de la última publicación por medio de escrito firmado por abogado y procurador.

Dichos acreedores son:Hoist Finance; Lc Asset 1 Sarl-Cetelem, Media Markt, y CityBank

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación, sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución impugnada.La admisión de dicho recurso precisará que, al interponerse el mismo, se haya consignado como depósito 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el BANCO SANTANDER nº 4660000052052822 en imposición individualizada, con indicación de “recurso de reposición”, y que deberá ser acreditado, de acuerdo a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.Así lo acuerda, manda y firma S.Sª.La Magistrado-Juez"

Y para que sirva de emplazamiento a los acreedores no personados en las presentes actuaciones expido el presente .

Zaragoza, 21 de marzo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA VICTORIA BUIL TORRALBA

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