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Documento BOE-J-2023-92479

LLÍRIA. Edicto de 9 de marzo de 2023 en procedimiento civil número 288/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 62, de 14 de marzo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-92479

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria

Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N

Localidad: Llíria

Código Postal: 46160

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 962782862

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 288/2022

NIG: 4614741120220001741

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 03/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Citación. Plazo: Fecha audiencia previa

DESTINATARIOS

FARMAELIANA, S.L. - NIF/NIE: ****6227*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artculo 414.1 de la L.E.C. y en virtud de lo dispuestoen el mismo, se convoca a las partes a la audiencia previa al juicio, para:1. Intentar un acuerdo o transacción entre las mismas.2. Examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del proceso y asu terminación mediante una sentencia sobre su objeto.3. Fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho, sobre los que existacontroversia.4. Proponer y admitir prueba, en su caso.5. Examinar las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley, puedan plantearse en la misma.Se señala para la celebración de la audiencia el próximo día 23 ENERO 2024 - 12.45 HORAS, en lasede de este órgano judicial en Calle METGE JOSEP PÉREZ MARTÍNEZ,S/N citándose a las partes conlas prevenciones que seguidamente se indican:- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado.- Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores, deberán otorgar aéstos, poder para renunciar, allanarse o transigir.- Si no comparecieran personalmente ni otorgaren el apoderamiento expresado se les tendrá por nocomparecidos (artculo 414. 2 de la L.E.C.).- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará decreto de sobreseimiento delproceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (artculo 414.3 de la L.E.C.).- Si sólo comparece la parte demandada y ésta no alegare interés legítimo en que continne elprocedimiento, también se sobreseerá el proceso (artculo 414.3 de la L.E.C.).- Si fuera la parte demandada la que no concurriere a la audiencia, el acto se entenderá sólo con elactor (artculo 414.3 de la L.E.C.).- Si faltare a la audiencia el abogado de la parte actora, se sobreseerá el proceso, salvo que la parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento (artculo 414.4 de la L.E.C.).- Si faltare el abogado de la parte demandada, se seguirá la audiencia con el demandante en lo queresultare procedente (artculo 414.4 de la L.E.C.).

Llíria, 9 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES

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