Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Móstoles
Dirección: Calle LUÍS JIMÉNEZ DE ASÚA S/N
Localidad: Móstoles
Código Postal: 28931
Provincia: Madrid
Teléfono: 916647308
Civil
Número: 581/2020
Sentencia
Fecha: 18/01/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
CICLOFINANCIAL SL - NIF/NIE: ****1193*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
D. ALEJANDRO TOFIÑO PADRINO, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia nº 04 de Móstoles, da fe, que en este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Ordinario núm. 581/2020 instados por el Procurador D. SAMUEL MARTINEZ DE LECEA BARANDA, en nombre y representación de SEGUROS CATALANA OCCIDENTE, contra CICLOFINANCIAL SL, en los que se ha dictado en fecha 18/01/2023 sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Que estimando la demanda formulada por la representación de SEGUROS CATALANA OCCIDENTE S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, debo condenar y condeno a CICLOFINANCIAL S.L., a que abone a la actora la cantidad de 433,03 euros (CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON TRES EUROS), más los intereses legales desde la interpelación judicial; así como al abono de las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que CONTRA LA MISMA NO CABE INTERPONER RECURSO ALGUNO, todo ello al amparo de lo establecido en el artículo 455.1 LEC, en su nueva redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal –“las sentencias dictadas en toda clase de juicio, los autos definitivos y aquéllos otros que la ley expresamente señale, serán apelables, con excepción de las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía cuando ésta no supere los 3.000 euros”-.
Así por esta mi sentencia, juzgando en primera Instancia lo pronuncio, mando y firmo».
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado CICLOFINANCIAL SL y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Tablón Edictal Judicial.
Móstoles, 2 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALEJANDRO TOFIÑO PADRINO
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