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Documento BOE-J-2023-85052

MÓSTOLES. Edicto de 2 de marzo de 2023 en procedimiento civil número 1598/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-85052

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Móstoles

Dirección: Calle LUÍS JIMÉNEZ DE ASÚA S/N

Localidad: Móstoles

Código Postal: 28931

Provincia: Madrid

Teléfono: 916647308

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1598/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 11/01/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JOSÉ LUIS SANTACRUZ MERCHAN - NIF/NIE: ***5463**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

D. ALEJANDRO TOFIÑO PADRINO, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia nº 04 de Móstoles, da fe, que en este Juzgado se siguen autos de Juicio Verbal (250.2) núm. 1598/2021 instados por MEDIUS COLLECTION SL contra D. JOSÉ LUIS SANTACRUZ MERCHAN, en los que se ha dictado en fecha 11 de enero de 2022 sentencia cuyo fallo es del tenor siguiente:

«Que estimando la demanda formulada por MEDIUS COLLECTION S.L., debo condenar y condeno a D. JOSÉ LUIS SANTACRUZ MERCHÁN a que abone a la actora la suma de 651,38 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial; así como al abono de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que CONTRA LA MISMA NO CABE INTERPONER RECURSO ALGUNO, todo ello al amparo de lo establecido en el artículo 455.1 LEC, en su nueva redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal –“las sentencias dictadas en toda clase de juicio, los autos definitivos y aquéllos otros que la ley expresamente señale, serán apelables, con excepción de las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía cuando ésta no supere los 3.000 euros”-.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera Instancia lo pronuncio, mando y firmo».

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. JOSÉ LUIS SANTACRUZ MERCHAN y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Tablón Edictal Judicial.

Móstoles, 2 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALEJANDRO TOFIÑO PADRINO

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