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Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria
Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N
Localidad: Llíria
Código Postal: 46160
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 962782862
Civil
Número: 1540/2015
Decreto
Fecha: 14/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
GRUPO HOSTELERO 2007. S.L. - Nº ****4354*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIAN.I.G.:46147-41-2-2015-0007540Procedimiento: Ejecución hipotecaria [EJH] - 001540/2015-De: D/ña. LC ASSET S.A.R.L.Procurador/a Sr/a. JIMENEZ LOPEZ, JOSE MANUELContra: D/ña. GRUPO HOSTELERO 2007, S.L.E D I C T O CEDULA DE NOTIFICACIONComo consecuencia del ignorado paradero de GRUPO HOSTELERO 2007, S.L. , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificaciónde la resolución del tenor literal siguiente que ha sido dictada en el procedimiento de referencia:INICIO RESOLUCIONJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIAN.I.G.:46147-41-2-2015-0007540Procedimiento: Ejecución hipotecaria [EJH] - 001540/2015-De: D/ña. LC ASSET S.A.R.L.Procurador/a Sr/a. JIMENEZ LOPEZ, JOSE MANUELContra: D/ña. GRUPO HOSTELERO 2007, S.L.Procurador/a Sr/a. D E C R E T O 91/2023Sr./a Letrado/a A. Justicia: MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRESEn LLIRIA (VALENCIA), a catorce de febrero de dos mil veintitrés.PARTE DISPOSITIVA SE ADJUDICA el pleno dominio de la finca descrita en el antecedente primero de esta resolución, Finca registral nº10310 a favor de Comunidad de Bienes INVERSIONES EDETA C.B. con domicilio en la Eliana, calle Marqués de Cáceres número 29 puerta 2 con CIF número E72574668 por el importe de 107.786,80 Euros, cuantía que no excede de la cantidad reclamada por principal (72.415,72 Euros) intereses (49.383,35 Euros) y costas (10.925,12 Euros) que asciende en su totalidad a 132.724,19 Euros, por tanto, no existe sobrante.De conformidad con lo establecido en el artículo 654.3 LEC la impugnación de pagos de la cantidad adjudicada, esto es, 107.786,80 Euros se imputan de la siguiente manera:Intereses remuneratorios: 1.896,08 EurosCapital: 69.652,99 EurosInterés de demora: 36.237,73 Euros, restando por satisfacer 24.937,39 Euros, importe al cual renuncia la parte ejecutante según escrito de fecha 13/12/2022. La vivienda adjudicada no constituye vivienda habitual del ejecutado.Se ha formulado oposición a la ejecución que ha sido resuelta.Las cantidades reseñadas no exceden del límite de la responsabilidad hipotecaria.Asimismo, firme esta resolución, la parte actora puede solicitar la continuación de esta misma ejecución, por la cantidad que resta por pagar con arreglo a las normas ordinarias aplicables a esta ejecución. Facilítese al rematante un testimonio de la misma para que sirva de título adquisitivo, mandamiento de cancelación de la hipoteca ejecutada y las cargas posteriores y hágase saber al adjudicatario que conforme al art. 254.5º LH el Registro de la Propiedad no practicará la inscripción correspondiente de ningún documento que contenga acto o contrato determinante de las obligaciones tributarias por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sin que se acredite previamente haber presentado la autoliquidación o, en su caso, la declaración, del impuesto, o la comunicación a que se refiere la letra b) del apartado 6 del artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo, 2/2004, de 5 de marzoMODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión previsto en el artículo 454 bis de la LEC en el plazo de 5 días a partir del día siguiente al de su notificación previa consignación de 25 Euros en concepto de depósito para recurrir de conformidad a la D.A decimoquinta de la LOPJ. EL LAJ FIN RESOLUCIONEn LLIRIA (VALENCIA) a catorce de febrero de dos mil veintitrés.EL/LA LETRADO A. JUSTICIA
Llíria, 20 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES
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