Content not available in English

You are in

Documento BOE-J-2023-69612

LLÍRIA. Edicto de 20 de febrero de 2023 en procedimiento civil número 1540/2015.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-69612

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria

Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N

Localidad: Llíria

Código Postal: 46160

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 962782862

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1540/2015

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 14/02/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

GRUPO HOSTELERO 2007. S.L. - Nº ****4354*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIAN.I.G.:46147-41-2-2015-0007540Procedimiento: Ejecución hipotecaria [EJH] - 001540/2015-De: D/ña. LC ASSET S.A.R.L.Procurador/a Sr/a. JIMENEZ LOPEZ, JOSE MANUELContra: D/ña. GRUPO HOSTELERO 2007, S.L.E D I C T O CEDULA DE NOTIFICACIONComo consecuencia del ignorado paradero de GRUPO HOSTELERO 2007, S.L. , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificaciónde la resolución del tenor literal siguiente que ha sido dictada en el procedimiento de referencia:INICIO RESOLUCIONJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE LLIRIAN.I.G.:46147-41-2-2015-0007540Procedimiento: Ejecución hipotecaria [EJH] - 001540/2015-De: D/ña. LC ASSET S.A.R.L.Procurador/a Sr/a. JIMENEZ LOPEZ, JOSE MANUELContra: D/ña. GRUPO HOSTELERO 2007, S.L.Procurador/a Sr/a. D E C R E T O 91/2023Sr./a Letrado/a A. Justicia: MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRESEn LLIRIA (VALENCIA), a catorce de febrero de dos mil veintitrés.PARTE DISPOSITIVA SE ADJUDICA el pleno dominio de la finca descrita en el antecedente primero de esta resolución, Finca registral nº10310 a favor de Comunidad de Bienes INVERSIONES EDETA C.B. con domicilio en la Eliana, calle Marqués de Cáceres número 29 puerta 2 con CIF número E72574668 por el importe de 107.786,80 Euros, cuantía que no excede de la cantidad reclamada por principal (72.415,72 Euros) intereses (49.383,35 Euros) y costas (10.925,12 Euros) que asciende en su totalidad a 132.724,19 Euros, por tanto, no existe sobrante.De conformidad con lo establecido en el artículo 654.3 LEC la impugnación de pagos de la cantidad adjudicada, esto es, 107.786,80 Euros se imputan de la siguiente manera:Intereses remuneratorios: 1.896,08 EurosCapital: 69.652,99 EurosInterés de demora: 36.237,73 Euros, restando por satisfacer 24.937,39 Euros, importe al cual renuncia la parte ejecutante según escrito de fecha 13/12/2022. La vivienda adjudicada no constituye vivienda habitual del ejecutado.Se ha formulado oposición a la ejecución que ha sido resuelta.Las cantidades reseñadas no exceden del límite de la responsabilidad hipotecaria.Asimismo, firme esta resolución, la parte actora puede solicitar la continuación de esta misma ejecución, por la cantidad que resta por pagar con arreglo a las normas ordinarias aplicables a esta ejecución. Facilítese al rematante un testimonio de la misma para que sirva de título adquisitivo, mandamiento de cancelación de la hipoteca ejecutada y las cargas posteriores y hágase saber al adjudicatario que conforme al art. 254.5º LH el Registro de la Propiedad no practicará la inscripción correspondiente de ningún documento que contenga acto o contrato determinante de las obligaciones tributarias por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sin que se acredite previamente haber presentado la autoliquidación o, en su caso, la declaración, del impuesto, o la comunicación a que se refiere la letra b) del apartado 6 del artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo, 2/2004, de 5 de marzoMODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión previsto en el artículo 454 bis de la LEC en el plazo de 5 días a partir del día siguiente al de su notificación previa consignación de 25 Euros en concepto de depósito para recurrir de conformidad a la D.A decimoquinta de la LOPJ. EL LAJ FIN RESOLUCIONEn LLIRIA (VALENCIA) a catorce de febrero de dos mil veintitrés.EL/LA LETRADO A. JUSTICIA

Llíria, 20 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid