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Documento BOE-J-2023-66751

MADRID. Edicto de 20 de febrero de 2023 en procedimiento concursal número 419/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-66751

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 13 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917043516

Correo electrónico: mercantil13@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 419/2022

NIG: 2807900220220419790

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de Dña. Araceli Santiago Orellana y D. Pedro Luis Fernandez Martos

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el concurso ordinario 419/2022, con número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0419790, por auto de fecha 26/01/2023, se ha declarado en concurso voluntario, a Dña. ARACELI SANTIAGO ORELLANA y D. PEDRO LUIS FERNANDEZ MARTOS.

2.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

3.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

4.- Que de la solicitud se aprecia que el deudor cuenta con un pasivo de 44.708,22 euros y que carece de masa activa.

5.- Remítase esta resolución de forma telemática, al “ Boletín Oficial del Estado” para su publicación en el suplemento del Tablón Edictal Judicial Unico y publíquese en el Registro Público Concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un Administrador Concursal para que presente Informe razonado y documentado sobre los extremos (art. 37 ter TRLC). Transcurrido el mentado plazo sin que ningún legitimado haya formulado tal solicitud, al ser el deudor persona natural, podrá presentar, en el plazo de los 5 días siguientes, solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

Madrid, 20 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS ESPINOSA NAVARRO

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