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Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València
Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961927879
Correo electrónico: vamerca04_val@gva.es
Concursal
Número: 362/2023
Auto
Fecha: 07/12/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Conclusion concurso de Rosa Maria Carpio Bolaño
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
Dña. CRISTINA Mª VALERO DOMENECH, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 4 de VALENCIA, por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000362/2023 habiéndose dictado en fecha por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 4 DE VALENCIA auto firme de conclusión de concurso VOLUNTARIO, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
DISPONGO.-1.- Reconocer a ROSA MARIA CARPIO BOLAÑO JUAN IGNACIO GARRIDO PERALES y N.I.F. numero 20935565E Y 20424644T respectivamente, el derecho de la exoneración DEFINITIVA, exoneración que alcanza a todo el pasivo no satisfecho con la masa activa. Tanto el que se reseña a continuación, como el crédito concursal -ordinario y subordinado- nacido con anterioridad a la declaración de concurso que, por cualquier razón, no apareciera en la relación facilitada por el deudor , salvo aquellos créditos que, por expresa inclusión en los supuestos de no exoneración del artículo 489 del TRLC, no pudiera ser exonerado.La exoneración supone la extinción de los créditos a los que alcanza la declaración, que podrán invocar el reconocimiento del derecho de exoneración del pasivo insatisfecho obtenido por el concursado, salvo que se revocase la exoneración concedida.Sirva el testimonio de esta resolución como mandamiento suficiente a los acreedores afectados para que comuniquen la exoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros.El deudor podrá recabar testimonio de la resolución para requerir directamente a los sistemas de información crediticia la actualización de sus registros para dejar constancia de la exoneración.2.- Acuerdo la CONCLUSION del concurso de ROSA MARIA CARPIO BOLAÑO y JUAN IGNACIO GARRIDO PERALES, cesando respecto del deudor concursado todos los efectos de la declaración del concurso a contar de la notificación de la presente resolución. Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notifica o publica en el Registro Público Concursal a través del enlace: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscar
València, 15 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH
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