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Documento BOE-J-2023-548257

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 12 de diciembre de 2023 en procedimiento concursal número 603/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2023-548257

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña

Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1 4

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Teléfono: 848426823

Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 603/2023

NIG: 3120147120230000644

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña

ANUNCIA

Que en el procedimiento concursal número 0000603/2023 referente al concursado REVISTA NEGOCIOS EN NAVARRA SL, con CIF B71308100, con domicilio en Cordovilla - Navarra por auto de fecha 05 de diciembre del 2023 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi:

PARTE DISPOSITIVA

1º.- SE ACUERDA la conclusión del concurso de acreedores de la entidad REVISTA NEGOCIOS EN NAVARRA SL,con CIF B71308100 y archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura.

2º.- La presente resolución es firme dado que no cabe interponer recurso alguno frente a ella por mor del artículo 481 del TRLC.

3º.- Se acuerda la extinción de la mercantil REVISTA NEGOCIOS EN NAVARRA SL,con CIF B71308100 ordenando el cierre provisional de la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita en la Hoja NA-36386, Tomo 1833, Folio 193. Transcurrido un año sin la reapertura del concurso, se procederá al cierre definitivo de la hoja registral y a la cancelación de la inscripción.

A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º.- Notifíquese a las mismas personas a las que se notificó el Auto de declaración del concurso del artículo 37 bis y remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial “Boletín Oficial del Estado”, para su publicación electrónica en el TEJU, y en el Registro Público Concursal.

5º- La presente resolución es FIRME y contra ella no cabe interponer recurso (artículo 481.1 TRLC).

Pamplona/Iruña, 12 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZALEZ ARCE

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