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Documento BOE-J-2023-548256

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 12 de diciembre de 2023 en procedimiento concursal número 456/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2023-548256

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona

Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Correo electrónico: juzmerca@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 456/2022

NIG: 3120147120220000424

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso voluntario sin masa de la persona natural D. DAVID MARCILLA GIL con NIF 44627458Y

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

 El Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Pamplona/Iruña

ANUNCIA

 Que en el procedimiento concursal CONCURSO VOLUNTARIO sin masa número 0000456/2022 referente al concursado la persona natural D. DAVID MARCILLA GIL con NIF 44627458Y y domicilio en Pamplona, por auto de fecha 7 de diciembre de 2023 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda la exoneración el pasivo insatisfecho a D. DAVID MARCILLA GIL, acreditado el cumplimiento de los requisitos legales solicitado por la concursada. La exoneración alcanzará a los créditos incluidos en la relación de acreedores presentada junto con la solicitud del concurso, siempre que no estén incluidos en el listado del art. 489 TRLC correspondientes a:

1.-CAJA RURAL DE NAVARRA

2.-BANCO SANTANDER S.A.

3.-TARGOBANK

4.- HACIENDA FORAL DE NAVARRA ( hasta el importe de 8.207,29 euros).

Tienen la consideración de no exonerable el crédito de Hacienda Foral de Navarra qeu excede del anterior (3.207,30 euros).

Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.

Sirva la presente resolución de mandamiento a los efectos del artículo 492 ter TRLC.

La conclusión de concurso se publicará en el tablón judicial edictal único (TEJU) y en el Registro Público Concursal. La exoneración del pasivo insatisfecho se publicará, una vez firme la presente resolución, en la sección especial correspondiente del Registro Público concursal.

Líbrese exhorto al Registro Civil correspondiente a la inscripción de nacimiento.

 MODO DE IMPUGNACION FRENTE A LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO. No cabe recurso.

MODO DE IMPUGNACION FRENTE A LA EXONERACIÓN. Cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a aquél en que se efectúe la notificación del presente auto, ante la AP de Navarra.

DEPOSITO PARA RECURRIR: Deberá acreditarse en el momento de la interposición del recurso haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano abierta en Banco Santander, la suma de 50 EUROS para el recurso de apelación y de 25 EUROS para el recurso de reposición, con apercibimiento que de no verificarlo no se admitirá a trámite el recurso pretendido, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

 En Pamplona/Iruña, a 07 de diciembre del 2023

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Pamplona/Iruña, 12 de diciembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA DANIEL DEL VALLE

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