Edukia ez dago euskaraz
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria
Dirección: Calle PLA DE L'ARC (DEL) S/N EDIFICI SEU DE LA MANCOMUNITAT
Localidad: Llíria
Código Postal: 46160
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 962825626
Correo electrónico: limi02_val@gva.es
Civil
Número: 265/2023
NIG: 4614741120230001492
Diligencia
Fecha: 14/11/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Diligencia
Fecha: 03/03/2023
Objeto de la publicación edictal:
Requerimiento. Plazo: Monitorio Propiedad Horizontal
ARTURO TAMARIT CAMPOS - NIF/NIE: ***0546**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Recibido anterior exhorto/scne de requerimiento negativo con la parte demandada, únase a los autos de su razón, se acuerda averiguación domiciliaria a través del PNJ, constando mismo domicilio, se procede a su notificación edictal.
Con la anterior solicitud y documentación presentada por el Procurador PERALTA SANROSENDO, AURELIA en nombre y representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SITA EN LA C/ LEPANTO 1 POBLA DE VALLBONA frente a ARTURO TAMARIT CAMPOS en reclamación de 2179,98 Euro de conformidad con lo previsto en el artículo 815.1 de la L.E.C., acuerdo:
1.- Registrar y formar autos de proceso monitorio.2.- Declarar competente territorialmente a este órgano para conocer de dicha petición en virtud de lo previsto en los artículos 812 y 813 de la L.E.C.3.- Sustanciar la petición por los trámites previstos en los artículos 812 y siguientes de la L.E.C.4.- Requerir a la parte deudora, ARTURO TAMARIT CAMPOS, para que en el plazo de VEINTE DÍAS pague al peticionario acreedor la cantidad de 2179,98 Euro acreditándolo ante este órgano, o comparezca ante el mismo alegando sucintamente en escrito de oposición las razones por las que, a su entender, no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada, escrito que deberá venir firmado por abogado y procurador si la cuantía reclamada excede de 2000 euros.5.- Notificar el requerimiento en la forma prevista en el artículo 161 de la L.E.C., con apercibimiento de que, de no pagar ni comparecer alegando las razones de la negativa al pago, se dictará decreto dando por terminado el proceso monitorio y se dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución bastando con la mera solicitud, según lo previsto en el artículo 816 de la L.E.C.
Llíria, 17 de noviembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LOURDES AMPARO LUNA LOZANO
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril