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Documento BOE-J-2023-468980

SEVILLA. Edicto de 31 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 433/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 265, de 6 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2023-468980

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: jinstancia.4.sevilla.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 433/2019

NIG: 4109142120150057102

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 25/04/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Cinco días

DESTINATARIOS

MARÍA DEL CARMEN ACEJO MEDINA - NIF/NIE: ***9620**

ALEJANDRO SÁNCHEZ CANO - NIF/NIE: ***2267**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el procedimiento arriba referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

DECRETO

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: CECILIA CARANDE CAMENO

En SEVILLA, en la fecha de su firma electrónica.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En las presentes actuaciones se ha practicado tasación de costas con fecha de 21 de noviembre de 2022, de la que se ha dado traslado a las partes, sin que se haya formulado impugnación alguna.

SEGUNDO.- Asimismo, se ha dado traslado a las partes de la propuesta de liquidación de intereses devengados hasta la fecha en los presentes autos, según los términos de la resolución condenatoria, sin que tampoco sobre este propuesta se haya formulado por la parte obligada oposición alguna dentro del plazo concedido al efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 244.3 LEC, transcurrido el plazo establecido en el apartado 1 del mismo precepto, sin haber sido impugnada la tasación de costas practicada, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia la aprobará mediante decreto.

SEGUNDO.- No habiéndose formulado tampoco objeción alguna a la liquidación de intereses propuestos en los presentes autos, conformes a lo dispuesto en el art. 714 LEC, procede igualmente su aprobación.

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, se ACUERDA:

Aprobar la TASACIÓN DE COSTAS practicada en este proceso con fecha 21 de noviembre de 2022, por importe de 243,46 euros, a cuyo pago ha sido condenada la parte MARIA DEL CARMEN ACEJO MEDINA y ALEJANDRO SANCHEZ CANO.

Se aprueba igualmente la LIQUIDACIÓN DE INTERESES, ascendente a la suma de 37,86 euros, y a cuyo pago viene obligada la parte condenada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de REVISIÓN ante este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, y el recurrente deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el DEPÓSITO para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.

Así lo acuerdo y firmo, doy fe.

EL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Ejecutado: MARIA DEL CARMEN ACEJO MEDINA y Ejecutado: ALEJANDRO SANCHEZ CANO, por diligencia de ordenación de 09/10/2023, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

En Sevilla, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

DILIGENCIA

En Sevilla, a la fecha de su firma electrónica.

La extiendo yo la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.

De todo lo cual, doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Sevilla, 31 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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