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Documento BOE-J-2023-468972

SEVILLA. Edicto de 31 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 1747/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 265, de 6 de noviembre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2023-468972

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: jinstancia.4.sevilla.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1747/2022

NIG: 4109142120220050356

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 01/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Cinco días

DESTINATARIOS

JUNA AYALA ROMERO - NIF/NIE: ***9651**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el procediento arriba referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

DECRETO

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: CECILIA CARANDE CAMENO

En SEVILLA, en la fecha de su firma electrónica.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- En las presentes actuaciones se ha practicado, a instancia de INTERCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS SANTA BARBARA, tasación de costas con fecha 22 de mayo de 2023, de la que se ha dado traslado a las partes, sin que se haya formulado impugnación alguna.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 244.3 de la L.E.C., transcurrido el plazo establecido en el apartado 1 del mismo precepto, sin haber sido impugnada la tasación de costas practicada, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia la aprobará mediante decreto.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Aprobar la tasación de costas practicada en este proceso en fecha 22 de mayo de 2023, por importe de 287,12 euros, a cuyo pago ha sido condenada la parte demandada.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que lo dicta.

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 4 DE SEVILLA, en la cuenta de este expediente 4000 0000 08 1747 22 indicando, en el campo "concepto" la indicación "Recurso" seguida del código "01 Civil-Revisión".Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "01 Civil-Revisión."

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Sevilla, 31 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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