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Documento BOE-J-2023-432673

SANTA MARÍA LA REAL DE NIEVA. Edicto de 6 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 382/2008.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 249, de 18 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2023-432673

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Santa Maria la Real de Nieva

Dirección: Calle PEÑUELAS s/n

Localidad: Santa María la Real de Nieva

Código Postal: 40440

Provincia: Segovia

Teléfono: 921594008

Correo electrónico: victor.illan@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 382/2008

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 12/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 dias

DESTINATARIOS

MARIUS HAIDU - NIF/NIE: ****3074*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACION DE EL/LA SECRETARIO D./Dª.INMACULADA BLÁZQUEZ MENDOZA

En SANTA MARIA LA REAL DE NIEVA, a doce de junio de dos milveintitrés.

Presentado el anterior escrito de fecha 7 de febrero de 2022por el/la Procurador/a Sr/a. CRISTINA PINTADO ROA, en nombre y representación de CABOT SECURITISATION EUROPE LIMITED, en el que solicita se le tenga como parte en la posición dedemandante, por haber adquirido el objeto del litigio, de conformidad con el artículo 17 de la L.E.C., acuerdo:1.- Unirlo a los presentes autos.2.- Suspender las actuaciones y dar traslado del referido escrito a las demás partes a fin de que, en el plazo de DIEZ DÍAS, aleguen lo que a su derecho convenga.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días,desde el día siguiente al de su notificación, ante el Letradode la Administración de Justicia que la dicta. Debiendo expresar en el mismo la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (arts. 451 y 452 LEC).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Santa María la Real de Nieva, 6 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, INMACULADA BLAZQUEZ MENDOZA

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