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Documento BOE-J-2023-430901

CARMONA. Edicto de 11 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 1/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 248, de 17 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2023-430901

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Carmona

Dirección: Plaza SAN JOSE S/N

Localidad: Carmona

Código Postal: 41410

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955093378

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.1.Carmona.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1/2019

NIG: 4102442120160000848

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 10/10/2023

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento

DESTINATARIOS

JUAN JOSE ROMAN MONTES - NIF/NIE: ***0744**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

En CARMONA, a cuatro de septiembre de dos mil diecinueve.

Con el precedente escrito de la Procuradora Dª. MARIA GRACIA GUISADO BELLOSO, al que acompaña la cuenta de los derechos y suplidos que afirma le adeuda su representado, fórmese la correspondiente Cuenta de Procurador.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.2, párrafo primero de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), requiérase al poderdante DON JUAN JOSE ROMAN MONTES, para que en el plazo de DIEZ DÍAS pague la cantidad reclamada de 99,34 Euros, más la de 11,92 Euros, calculadas por ahora y sin perjuicio de ulterior liquidación, para costas, o para que impugne la cuenta exponiendo los motivos que tuviere para impugnarla y aportando, en su caso, los documentos que tuviere a su disposición.

Apercíbase al requerido de que si en dicho plazo no paga ni impugna la cuenta, se procederá contra sus bienes por la vía de apremio, despachándose ejecución por la cantidad a que asciende la cuenta, más las costas.

Con el precedente escrito de la Procuradora Dª. MARIA GRACIA GUISADO BELLOSO, al que acompaña la cuenta de los derechos y suplidos que afirma le adeuda su representado, fórmese la correspondiente Cuenta de Procurador.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.2, párrafo primero de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), requiérase al poderdante DON JUAN JOSE ROMAN MONTES, para que en el plazo de DIEZ DÍAS pague la cantidad reclamada de 99,34 Euros, más la de 11,92 Euros, calculadas por ahora y sin perjuicio de ulterior liquidación, para costas, o para que impugne la cuenta exponiendo los motivos que tuviere para impugnarla y aportando, en su caso, los documentos que tuviere a su disposición.

Apercíbase al requerido de que si en dicho plazo no paga ni impugna la cuenta, se procederá contra sus bienes por la vía de apremio, despachándose ejecución por la cantidad a que asciende la cuenta, más las costas.

Carmona, 11 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA HERNANDEZ PRIETO

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