Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Carmona
Dirección: Plaza SAN JOSE S/N
Localidad: Carmona
Código Postal: 41410
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955093378
Correo electrónico: AtPublico.JMixto.1.Carmona.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 103/2021
NIG: 4102442120210000309
Decreto
Fecha: 10/10/2023
Objeto de la publicación edictal:
Requerimiento
ENCARNACION BORREGUERO CASADO - NIF/NIE: ***0168**
FRANCISCO ESTEBA DURAN - NIF/NIE: ***5283**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
TRIBUNAL QUE ACUERDA EL REQUERIMIENTO: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NUMERO UNO DE CARMONA
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA: El arriba referenciado.
PERSONA A LA QUE SE REQUIERE: ENCARNACION BORREGO CASADO, con domicilio en CL URB EL SOCORRO P- 121 Carmona
ORDEN QUE SE DEBE CUMPLIR: Pagar al peticionario la cantidad de 1.039,13 Euros.
PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO: VEINTE DIAS
Si en veinte días no paga, ni comparece en este juzgado alegando razones de la negativa al pago, se despachará ejecución según lo previsto en el art. 816 de la L.E.C.
Si quiere oponerse, deberá realizarlo mediante escrito de oposición dentro del término de VEINTE DIAS.
Si se opone, la Comunidad de propietarios podrá solicitar el embargo preventivo de bienes suficientes para hacer frente a la cantidad reclamada, intereses y costas, que se acordará en todo caso, según el artículo 21.5 de la Ley de Propiedad Horizontal (L.P.H.), conforme a la nueva redacción de la Disposición Final 1ª.2 de la L.E.C., sin necesidad de prestar caución, aunque, aunque podrá enervarse prestando aval bancario por la cuantía por la que hubiese sido decretado el embargo.
Carmona, 11 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA HERNANDEZ PRIETO
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