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Documento BOE-J-2023-430895

SANTA MARÍA LA REAL DE NIEVA. Edicto de 6 de octubre de 2023 en procedimiento civil número 521/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 248, de 17 de octubre de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2023-430895

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Santa Maria la Real de Nieva

Dirección: Calle PEÑUELAS s/n

Localidad: Santa María la Real de Nieva

Código Postal: 40440

Provincia: Segovia

Teléfono: 921594008

Correo electrónico: victor.illan@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 521/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 19/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 días

DESTINATARIOS

AUTOMATISMOS SEGOVIA

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:1.-Archivar el presente procedimiento teniendo la conciliación instada por RAMON MARTIN ANTORANZ frente a AUTOMATISMOS SEGOVIA como intentada sin efecto.2.- Dejar certificación literal de esta resolución en laspresentes actuaciones, llevándose su original al libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabei nterponer recurso de revisión en el plazo de cinco díascontados a partir del día siguiente de su notificación,mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido.Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos sin que, enningún caso, proceda actuar en sentido contrario a lo que se hubiese resuelto (art. 454.bis L.E.C.).Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido un depósito de 25 euros en la cuenta de depósitosy consignaciones de este órgano judicial, con el nºES5500493569920005001274 de la entidad SANTANDER. Salvo que el recurrente sea: beneficiario de Justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u Organismo Autónomo dependiente.Así lo acuerdo y firmo.

Doy fe.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Santa María la Real de Nieva, 6 de octubre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, INMACULADA BLAZQUEZ MENDOZA

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