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Documento BOE-J-2023-40020

LLÍRIA. Edicto de 27 de enero de 2023 en procedimiento civil número 476/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-40020

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria

Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N

Localidad: Llíria

Código Postal: 46160

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 962782862

Correo electrónico: marconell_ele@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 476/2022

NIG: 4614741120220002840

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 06/06/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 20 DIAS

DESTINATARIOS

MARIA EVA SIERRA PENADES - NIF/NIE: ***6685**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACIONLetrado/a de la A. de Justicia Sr./a: MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRESEn LLIRIA (VALENCIA) a seis de junio de dos mil veintidós.Con la anterior solicitud y documentación presentada por elProcurador ALARIO MONT, JOSE JOAQUIN en nombre y representación deCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO SITO EN LLIRIA CALLETRENCALL N 37 frente a MARIA EVA SIERRA PENADES en reclamación de615,02 Euro de conformidad con lo previsto en el artículo 815.1de la L.E.C., acuerdo:1.- Registrar y formar autos de proceso monitorio.2.- Declarar competente territorialmente a este órgano para conocerde dicha petición en virtud de lo previsto en los artículos 812 y813 de la L.E.C.3.- Sustanciar la petición por los trámites previstos en losartículos 812 y siguientes de la L.E.C.4.- Requerir a la parte deudora, MARIA EVA SIERRA PENADES, para queen el plazo de VEINTE DÍAS pague al peticionario acreedor lacantidad de 615,02 Euro acreditándolo ante este órgano, ocomparezca ante el mismo alegando sucintamente en escrito deoposición las razones por las que, a su entender, no debe, en todoo en parte, la cantidad reclamada, escrito que deberá venir firmadopor abogado y procurador si la cuantía reclamada excede de 2000euros.5.- Notificar el requerimiento en la forma prevista en el artículo161 de la L.E.C., con apercibimiento de que, de no pagar nicomparecer alegando las razones de la negativa al pago, se dictarádecreto dando por terminado el proceso monitorio y se dará trasladoal acreedor para que inste el despacho de ejecución bastando con lamera solicitud, según lo previsto en el artículo 816 de la L.E.C.MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cincodías, desde su notificación, ante el/la Secretario/a Judicial quela dicta.Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Llíria, 27 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES

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