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Documento BOE-J-2023-394232

PALMAS DE GRAN CANARIA (LAS). Edicto de 22 de septiembre de 2023 en procedimiento concursal número 29/2012.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 231, de 27 de septiembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - LAS PALMAS
Referencia:
BOE-J-2023-394232

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Dirección: Calle MALAGA 2

Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)

Código Postal: 35016

Provincia: Las Palmas

Teléfono: 928116548

Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 29/2012

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 19/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Inymbo, S.L.

Incidente Concursal núm. 29/2012, pieza 15

Sentencia desestima oposición conclusión

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento Incidente Concursal número 0000029/2012, pieza 15 se ha dictado en fecha 19/06/2023, Sentencia declarando la conclusión del concurso de la mercantil INYMBO, con CIF B-35529577, sita en Las Palmas de Gran Canaria, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:DESESTIMO la oposición a la conclusión del concurso formulada por D. ADEL ALBERTO HAWACH VEGA, y, en su virtud, ACUERDO:

1.- La conclusión del concurso de INYMBO, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes y el cese de la administración concursal.

3.- La extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su1 inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución, una vez sea firme.

4.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.

5.- Condenar al pago de las costas a la parte demandante.En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de septiembre de 2023.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Palmas de Gran Canaria (Las), 22 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA

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