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Documento BOE-J-2023-394231

PALMAS DE GRAN CANARIA (LAS). Edicto de 22 de septiembre de 2023 en procedimiento concursal número 218/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 231, de 27 de septiembre de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - LAS PALMAS
Referencia:
BOE-J-2023-394231

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Dirección: Calle MALAGA 2

Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)

Código Postal: 35016

Provincia: Las Palmas

Teléfono: 928116548

Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 218/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/09/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

C.O. 218/2022 Tabacos y Juegos La Palmera, S.L.

CIF B76073345

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000218/2022, se ha dictado en fecha 20/09/2023 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil TABACOS Y JUEGOS LA PALMERA SL, con CIF B76073345, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de TABACOS Y JUEGOS LA PALMERA SL, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y cesará la administración concursal.

2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.

3.- Se acuerda el cierre provisional de la hoja abierta a TABACOS Y JUEGOS LA PALMERA SL en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria. La Letrada de la Administración de Justicia expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al citado Registro.

Transcurrido un año a contar desde la presente resolución sin que se haya producido la reapertura del concurso, el Registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja.ACUERDO aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de septiembre de 2023.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Palmas de Gran Canaria (Las), 22 de septiembre de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA

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