Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Motril
Dirección: Calle FIELATO DE LA POSTA S/N
Localidad: Motril
Código Postal: 18600
Provincia: Granada
Teléfono: 662979325
Correo electrónico: jmixto.3.motril.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 696/2011
NIG: 1814042120110002343
Auto
Fecha: 28/04/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 20 DIAS
JOSE DUEÑAS LOPEZ - NIF/NIE: ***8088**
MARGARITA MORAL RODRIGUEZ - NIF/NIE: ***8149**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PARTE DISPOSITIVA
1º.- Declaro abusivas, y por ende nulas, a los efectos de este procedimiento, la cláusula relativa al tipo de interés de demora y la relativa a la comisión por reclamación de posiciones deudoras del contrato de préstamo suscrito entre las partes con las consecuencias previstas en el cuerpo de esta resolución, sin que lo sea la cláusula de vencimiento anticipado debiendo, una vez firme esta resolución, seguirse la ejecución por las siguientes cantidades:
13.090,05 euros de principal (capital más intereses remuneratorios), más los intereses de demora que se devenguen durante la presente ejecución al tipo de interés remuneratorio pactado más dos puntos, para cuyo pago y el de las costas, se presupuestan 3.927 euros.
Todo ello sin perjuicio de la imputación de los pagos que se hayan realizado a lo largo del procedimiento.
Contra esta resolución cabe recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de Granada. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna. Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado del Grupo Santander nº 1778/0000/13/0696/11, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código ‘13’, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Líbrese la correspondiente certificación literal de esta resolución que quedará unida al procedimiento, llevándose el original al libro de su razón.
Así por este mi auto, lo acuerdo, mando y firmo.
Motril, 23 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS PASCUAL GONZÁLEZ
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