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Documento BOE-J-2023-228736

MADRID. Edicto de 23 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 72/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-228736

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 72/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

Auto declaración de concurso.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el Concurso de Persona Física 72/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0103801, por Auto de fecha 18/05/2023, se ha declarado en concurso voluntario a D. MARCO ANTONIO PALAZON GASCON, con DNI.-07.248.693 J, y domicilio en calle Oscar Domínguez nº 2, portal 2, planta 1º, puerta B, Madrid 28320, Pinto. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración Concursal es JOSE LUIS CALBO SILVESTRE, con domicilio postal en calle Lagasca 120, 4ª, interior dcha, Madrid 28006, y dirección electrónica joseluis@gespime.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 256 y 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 23 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL IZQUIERDO LUENGO

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