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Documento BOE-J-2023-22520

MADRID. Edicto de 16 de enero de 2023 en procedimiento civil número 420/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 19, de 23 de enero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-22520

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 420/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: un mes

DESTINATARIOS

Concursado, Acreedores, Administrador Concursal, Trabajadores, Organismos Públicos

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en el Concurso consecutivo 420/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0389387, por auto de fecha 13/01/2023, se ha declarado en concurso voluntario, a D./Dña. MANUEL RODRIGUEZ ARRANZ, con nº de identificación 50222886V. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Durante el plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor o cualquier personado en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos conforme al artículo 447 TRLC. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. La identidad de la Administración concursal es ALTALEY ABOGADOS SLP con domicilio en Calle Castelló nº 82, 4º Izq.- 28006 Madrid. Teléfono: 913275031. Email: guillermo@altaley.com. , ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con la LC, en cualquiera de las dos direcciones. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Que se ha abierto la sección de liquidación. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 16 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VELA PEREZ

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