Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Palma
Dirección: Calle BALLESTER 20
Localidad: Palma
Código Postal: 07002
Provincia: Illes Balears
Teléfono: 971219412
Correo electrónico: mercantil1.palmademallorca@justicia.es
Concursal
Número: 806/2022
NIG: 0704047120220002043
Auto
Fecha: 22/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 806/2022 y NIG 07040 47 1 2022 0002043 se ha dictado en fecha 22.11.22 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Hormigons i Barres S.L., con CIF núm B-57992281, de Palma de Mallorca.
2º.- Se ha acordado la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
3º.- Que se ha nombrado administrador de dicho concurso a D.Íñigo CasasayasTalens, abogado, colegiado 6.111 ICAIB, con domicilio en Calle Jaime III,nº 20-3º de Palma. (e-mail: ict@asetabogados.com)., ha aceptado el cargo con fecha 15 de diciembre de 2022.
4º- LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES.-Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal en la dirección de correo electrónica que consta en el edicto publicado en el Tablón Edictal Judicial Unico, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este auto de declaración de concurso en el TEJU, en el caso de que no lo hayan efectuado con anterioridad
5ª- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 512.1 y 2 TRLC).
6ª-Llámese a los acreedores del concursado para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones de este auto,a cuyo efecto dirigirán su comunicación a la dirección postal o electrónica designada por la administración concursal.
7ª-Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de quince días siguientes a la aceptación del cargo presente inventario de bienes y derechos de la masa activa.
8ª-Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de dos meses desde la fecha de aceptación elabore el informe previsto en el artículo 290 y ss del texto refundido de la Ley. Cuando concurra justa causa justificada, la administración concursal podrá solicitar al juez del concurso una prórroga que, en ningún caso, excederá de quince días.
9ª.- Recurso: El pronunciamiento del auto sobre la estimación o desestimación de la solicitud de concurso será susceptible de recurso de reposición.https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/
Palma, 18 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ARANZAZU GALARRAGA ZAMORA
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