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Documento BOE-J-2023-223823

SEVILLA. Edicto de 23 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 386/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 127, de 29 de mayo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2023-223823

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955189374

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 386/2022

NIG: 4109142120220031392

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 23/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Citación

DESTINATARIOS

JOSE LUIS GONZALEZ BIZCOCHO - NIF/NIE: ***9882**

OVIEDO MORALES PROMOCIONES SL - Nº ****9808*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

SUSANA PÉREZ GONZÁLEZ, Letrado/a de la Administración de Justicia, TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA (SECCIÓN 3ª),

Hace saber:

Que en este tribunal se siguen autos de Procedimiento Ordinario 386/2022, seguidos a instancia de JUAN PEDRO SAUCI SAUCI, frente a JOSE LUIS GONZALEZ BIZCOCHO y OVIEDO MORALES PROMOCIONES, S.L., y en diligencia de ordenación de fecha 23/05/2023 que a continuación se reproduce íntegramente se ha declarado en rebeldía procesal a JOSE LUIS GONZALEZ BIZCOCHO y OVIEDO MORALES PROMOCIONES, S.L. y, no siendo conocido su domicilio, en virtud de lo establecido en los artículos 496 y 497 de la L.E.C., se le notifica dicha resolución por medio del presente edicto en el tablón virtual habilitado por la Consejería de Justicia de la Junta Andalucía y en el TEJU Tablón Edictal Judicial Único y hecha esta notificación edictal no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.

“DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D/Dª SUSANA PÉREZ GONZÁLEZ

En SEVILLA, a veintitrés de mayo de dos mil veintitrés.

Habiendo sido emplazada la parte demandada para contestar a la demanda y no habiendo procedido a su contestación, en virtud de lo establecido en el artículo 496.1 de la L.E.C., declaro a la parte demandada JOSE LUIS GONZALEZ BIZCOCHO y OVIEDO MORALES PROMOCIONES, S.L. en rebeldía procesal.

Conforme lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley y por por no ser conocido el domicilio de la parte demandada, notifíquesele esta resolución por medio de EDICTO, que se publicará en el tablón virtual habilitado por la Consejería de Justicia de la Junta Andalucía y en el TEJU Tablón Edictal Judicial Único, con la advertencia de que no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 498 cuando se tenga conocimiento del lugar en que pueda/n encontrarse.

Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la L.E.C., y de acuerdo con lo dispuesto en el mismo, se convoca a las partes a la audiencia previa al juicio, para:

1º. Intentar un acuerdo o transacción entre las mismas.

2º. Examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto.

3º. Fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho sobre los que exista controversia.

4º. Proponer y admitir prueba.

5º. Examinar las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley puedan plantearse en la misma.

Se señala para su celebración el próximo día 04/12/2023 a las 11:00 horas, en la sede de este tribunal, citándose a las partes con las prevenciones que seguidamente se indican:

- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado.

- Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores, deberán otorgar a estos poder para renunciar, allanarse o transigir.

- Si no comparecieran personalmente ni otorgaren el apoderamiento expresado se les tendrá por no comparecidos (artículo 414. 2 de la L.E.C.).

- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará decreto de sobreseimiento del proceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si sólo comparece la parte demandada y ésta no alegare interés legítimo en que continúe el procedimiento, también se sobreseerá el proceso (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si fuera la parte demandada la que no concurriere a la audiencia, el acto se entenderá sólo con el actor (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si faltare a la audiencia el abogado de la parte actora, se sobreseerá el proceso, salvo que la parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento (artículo 414.4 de la L.E.C.).

- Si faltare el abogado de la parte demandada, se seguirá la audiencia con el demandante en lo que resultare procedente (artículo 414.4 de la L.E.C.).

La vista/audiencia previa señalada se celebrará sin la presencia del/la Sr/a Letrado/a de la Administración de Justicia, pudiendo las partes solicitar al menos dos días antes de la celebración de la vista/audiencia la presencia del/a mismo/a en la sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 147 de la L.E.C.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. “ Siguen firmas …

En SEVILLA, a veintitrés de mayo de dos mil veintitrés

Sevilla, 23 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SUSANA PEREZ GONZALEZ

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