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Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Correo electrónico: juzmerca@navarra.es
Concursal
Número: 477/2022
NIG: 3120147120220000440
Auto
Fecha: 28/04/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Emplazamiento. Plazo: 1 MES comunicación créditos y cuanto consideren relevante para fundar, en su caso, la calificación del concurso como culpable
Interesados y acreedores en el concurso de CAFETERIA IRUNLARREA SL con CIF B31884612
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL NUM. 1 DE PAMPLONA/IRUÑA
A N U N C I A
1º.- Que en el procedimiento concursal CONCURSO VOLUNTARIO número 0000477/2022 NIG 3120147120220000440, referente a la concursada CAFETERIA IRUNLARREA SL con C.I.F. B31884612, con fecha de presentación de la solicitud el 14 de noviembre de 2022 y fecha de reparto 14 de noviembre de 2022, por auto de 28 de abril de 2023 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CAFETERIA IRUNLARREA SL con CIF B31884612 y domicilio en PAMPLONA, CALLE DE IRUNLARREA/IRUNLARREA KALEA, 5 BAJO y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Pamplona. Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre los bienes y derechos que integren la masa activa, siendo sustituido por la administración concursal. Se ha declarado disuelta la mercantil concursada y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento concursal y en los incidentes en los que sea parte.
3º- De conformidad con lo dispuesto en el art. 255 TRLC, se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal en la forma y con el contenido que regulan los arts. 256 y ss. del TRLC la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación de este auto de declaración de concurso en el TEJU del Boletín Oficial del Estado (art. 28.1.4º TRLC). La comunicación de la existencia de sus créditos a la administración concursal, se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal, expresando el nombre, domicilio, correo electrónico y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y clasificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán, además los bienes o derechos de la masa activa a que afecte, y en su caso, los datos registrales, todo ello acompañado de los originales o copia auténtica del título o de los documentos relativos al crédito.
La comunicación a la administración concursal podrá presentarse en su dirección postal designada al efecto y que consta en este Edicto o remitirse a dicha dirección postal o efectuarse por medios electrónicos en su dirección electrónica señalada al efecto y que consta en este edicto. No se admitirán comunicaciones de crédito en el Juzgado.
La Administración concursal está integrada por DÑA. ESTHER ANDRES GARCIA, con NIF 44627137F y domicilio en 31002 PAMPLONA, AVDA. CARLOS III, 11, 3º IZQDA., de profesión LETRADO, teléfono 948 226787 y correo electrónico: despacho@molinsandres.com
El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el TEJU del Boletín Oficial del Estado.
Durante el plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor o cualquier personado en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos (art. 447 TRLC).
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512 TRLC).
Dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se insertarán las resoluciones objeto de publicidad: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/
En Pamplona/Iruña , a 11 de mayo del 2023 .
La Letrado de la Administración de Justicia
Pamplona/Iruña, 18 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA DANIEL DEL VALLE
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