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Documento BOE-J-2023-20751

COLMENAR VIEJO. Edicto de 16 de enero de 2023 en procedimiento civil número 79/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-20751

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 6 de Colmenar Viejo

Dirección: Calle PADRE CLARET 13

Localidad: Colmenar Viejo

Código Postal: 28770

Provincia: Madrid

Teléfono: 918474492

Correo electrónico: colmenarviejo.j6@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 79/2022

NIG: 2804500220220004426

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 DIAS

DESTINATARIOS

HERENCIA YACENTE DE DON JOSE JULIÁN CANCELA ESTEVEZ

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

A U T O

EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. RAQUEL SANCHEZESCOBAR

Lugar: Colmenar ViejoFecha: 09 de enero de 2023.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por Auto de fecha 24/05/2022 se despachó ejecución contra losbienes y rentas del ejecutado HERENCIA YACENTE DE DON JOSE JULIAN CANCELAESTEVEZ, por importe de 4.036,32 euros de Principal más la suma de 1.306,49 euros, quese fijaron provisionalmente para intereses y costas que pudieran devengarse durante laejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.

SEGUNDO.- Por la parte ejecutante se presentó nuevo escrito de demandaejecutiva contra la herencia yacente de DON JOSÉ JULIÁN CANCELA ESTEVEZ en lapersona de sus IGNORADOS HEREDEROS, por la que se reclaman a los mismos lascantidades de 1.614,95 euros de principal por las costas aprobadas de la instancia más484,48 euros de intereses y costas de la ejecución, habiéndose incoado procedimiento dee 2EJECUCIÓN DE TITULO JUDICIAL número 225/22, que fue acumulado a los presentesautos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Habiéndose acumulado el procedimiento de ETJ 225/22 a los presentesautos, procede tener por ampliada la ejecución en las cantidades de 1.614,95 euros deprincipal más 484,48 euros de intereses y costas .Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

Se tiene por ampliada la ejecución en las cantidades de 1.614,95 euros deprincipal, más 484,48 euros de intereses y costas, siguiendo, por tanto, la presenteejecución por las cantidades totales de 5.650,47 euros de principal más 1.791,37 eurosde intereses y costas.Notifíquese esta resolución al ejecutado, haciéndole saber que, en el plazo de diezdías, puede oponerse a la ampliación acordada por los motivos legalmente previstos.Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (Art 551.2 LEC),sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro delos DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este Auto.Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia

Colmenar Viejo, 16 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA TERESA PEREZ ABAD

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