Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 653/2022
NIG: 1808742120220026161
Diligencia
Fecha: 30/03/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 dias
Ignorados acreedores de la concursada Dª Alicia Montalve Linde
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 2 DE GRANADA, DE MARCAS, PATENTES Y PROTECCIÓN JURÍDICA DEL DISEÑO INDUSTRIAL
A N U N C I A
1.- Que en el procedimiento número 653/2022, con NIG 1808742120220026161 relativo al deudor ALICIA MONTALVO LINDE con NIF 52527720K , se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el artículo 292 del Texto Refundido de la Ley Concursal ( T.R.L.C.), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
2.- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de DIEZ DIAS a contar desde la inserción de esos documentos en el Registro Público Concursal.
3.- El concursado y el acreedor o acreedores personados cuyos créditos, individual o conjuntamente superen una quinta parte del total del pasivo, podrán presentar propuesta de convenio en el plazo de QUINCE DÍAS computados desde la presentación del informe de la Administración Concursal, conforme a lo establecido en los artículos 337 y 338 TRLC.
4.- Dentro de los QUINCE DÍAS siguientes al de la presentación del inventario y de la lista de acreedores provisionales, la administración concursal presentará un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Si los acreedores o los que sin ser acreedores se hayan personado en el concurso hubieran formulado alegaciones para la calificación del concurso como culpable, esas alegaciones se unirán como anejo al informe de calificación (Art. 448 TRLC).
Granada, 24 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA
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