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Documento BOE-J-2023-132890

MADRID. Edicto de 2 de abril de 2023 en procedimiento concursal número 77/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 85, de 10 de abril de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-132890

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 13 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917043516

Correo electrónico: mercantil13@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 77/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 08/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 1 mes

DESTINATARIOS

RAQUEL CASTILLO CHARFOLET - NIF/NIE: ***0074**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Hace saber:

1.- Que en el concurso Concurso consecutivo 77/2023, con Número deIdentificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0409129, por auto de fecha08/03/2023, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por elprocedimiento abreviado, a Dña. RAQUEL CASTILLO CHARFOLET, con nº deidentificación ****0740T

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la formaprevista en el artículo 255 del TRLC en el plazo de un mes, desde la publicación de esteedicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración ydisposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es Don JOSE LUIS RAMOSDOMINGO, con domicilio profesional en la Calle Cirilo Amorós, 9-2 -46004 ValenciaTel.: 963815999 -Fax:96320667, y dirección electrónica Joseluisramos@icav.es , ellopara que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos deconformidad con el artículo 255 y ss del TRLC LC, en cualquiera de las dosdirecciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lodeberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislaciónlaboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde sepublicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, eswww.publicidadconcursal.es

Madrid, 2 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL IZQUIERDO LUENGO

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