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Documento BOE-J-2023-132868

MÉRIDA. Edicto de 3 de abril de 2023 en procedimiento concursal número 24/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 85, de 10 de abril de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BADAJOZ
Referencia:
BOE-J-2023-132868

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado De Lo Mercantil Nº 2 De Badajoz

Dirección: Calle COMUNIDADES s/n

Localidad: Mérida

Código Postal: 06800

Provincia: Badajoz

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 24/2023

NIG: 0608347120230000023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 29/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JUAN GÓMEZ HEREDIA - NIF/NIE: ***5897**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

DOÑA MARIA JESUS ROMERO GIL Letrada de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL N.2 de BADAJOZ con sede en Mérida.

A N U N C I A

En este órgano judicial se tramita CONCURSO ABREVIADO 24/2023 seguido a instancias del procurador DON JOSE LUIS RIESCO MARTINEZ en nombre y representación de DON JUAN GÓMEZ HEREDIA en los que, por Auto de fecha veintinueve de marzo de dos mil veintitrés se ha acordado:

1.- Declarar en CONCURSO VOLUNTARIO SIN MASA a D. JUAN GÓMEZ HEREDIA, con NIF NÚM. 74.858.972-K, quien actúa representado por el Procurador Sr. Riesco Martínez. 2.- De acuerdo con la documentación aportada por la parte deudora concurre el siguiente pasivo:LISTA DE ACREEDORES

ACREEDOR IMPORTE OBSERVACIONES AEAT 7.150 EUROS TITULAR, BBVA, S.A 1.124 EUROS TITULAR, CAIXABANK PAYMENCONSUMER, S.A 5.679 EUROS TITULAR, CAIXABANK, S.A 61.639 EUROS TITULAR, CAJA RURAL DE EXTREMADURA, S.COOP 1.538 EUROS TITULAR, EXTREDAF, S.A 2.700 EUROS TITULAR, IBERCAJA BANCO, S.A, 10.024 EUROS TITULAR IBERCAJA LEASING Y FINANCIACIÓN, S.A 14.542,86 EUROS, TITULAR, INTRUM SERVICING SPAIN, S.A.U. 931,59 EUROS TITULAR MAN FINANCIAL SERVICES, S.A 4.232,13 EUROS TITULAR NUEVO MICRO BANK, S.A 2.528 EUROS TITULAR RECACOR, S.A 1.710,25 EUROS TITULAR TRANSOLVER SERVICE, S.A 18.913,92 EUROS TITULAR TALLERES MIGUEL ÁNGEL MANCERA, S.L 7.000 EUROS TITULAR, TGSS 700 EUROS TITULAR VRIO MOBILITY, S.L.U 5.658,29 EUROS TITULAR

VALCARCE EMPRESA DE TRANSPORTES, S.A 6.338,10 EUROS TITULAR ZONA FRANCA ALARIS SEPAUTO, S.A (ahora IVECO ZFAS, S.A) 6.292 EUROS TITULAR TOTAL: 154.469,01 EUROS.

3.- Remítase la presente resolución telemáticamente al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente, por cada una de las deudoras, informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.

3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

4.- Adviértase al acreedor o acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo, que, en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación del edicto, podrán formular solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter; y que la retribución del administrador nombrado por la emisión del informe encomendado, corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado, (art. 37 quater).

5.- En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

6.- El concursado podrá presentar ante el juez del concurso solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho, dentro de los diez días siguientes a contar, bien desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho, bien desde la emisión del informe por el administrador concursal nombrado si no apreciare indicios suficientes para la continuación del procedimiento.

Mérida, 3 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS ROMERO GIL

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