Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Almería
Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)
Localidad: Almería
Código Postal: 04005
Provincia: Almería
Teléfono: 950809067
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Almeria.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 3901/2012
Decreto
Fecha: 19/09/2022
Objeto de la publicación edictal:
Requerimiento. Plazo: diez dias
VALVULAS DEL SURESTE SA - Nº ****3802*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
UNICO.- Por el Procurador D. JESUS GUIJARRO MARTINEZ, se ha presentado escrito al que acompaña la cuenta de derechos y suplidos por importe de 330,73€, que afirma le adeuda su representado VALVULAS DEL SURESTE SA en la Ejecución de Titulo Judicial 39/12, tramitada en este Juzgado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Dispone el art. 34.1 de la LEC que cuando un Procurador tenga que exigir de su poderdante moroso las cantidades que éste le adeude por los derechos y gastos que hubiere suplido para el asunto, podrá presentar ante el Letrado de la Administración de Justicia del lugar en que este radicare cuenta detallada y justificada, manifestando que le son debidas y no satisfechas las cantidades que de ella resulten y reclame. Por su parte, el punto 2 del mismo artículo establece que el Letrado de la Administración de Justicia requerirá al poderdante para que pague dicha suma o impugne la cuenta, en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.
SEGUNDO.- En el presente caso examinada la solicitud y visto que la misma cumple los requisitos formales, es procedente admitir a trámite la misma, y proceder conforme a lo dispuesto en el art. 34 de la LEC.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Admitir a trámite la cuenta de Procurador presentada por el Procurador D. JESUS GUIJARRO MARTINEZ
Requerir al poderdante, con traslado de la cuenta, para que en el plazo de DIEZ DIAS pague la cantidad de 330,73 euros o impugne la cuenta
Apercibir al poderdante de que si no procediere al pago, ni formulare oposición, se procederá a su exacción por la vía de apremio.
Almería, 31 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ
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