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Documento BOE-J-2023-125359

HUÉRCAL-OVERA. Edicto de 30 de marzo de 2023 en procedimiento civil número 430/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 80, de 4 de abril de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2023-125359

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Huercal-Overa

Dirección: Carretera NACIONAL 340 HUÉRCAL-OVERA 204

Localidad: Huércal-Overa

Código Postal: 04600

Provincia: Almería

Teléfono: 950109977

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.Huercal.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 430/2022

NIG: 0405342120200000937

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 DIAS

DESTINATARIOS

MATIAS HARO DE HARO - NIF/NIE: ***7091**

JOSE ANTONIO HARO HARO - NIF/NIE: ***1493**

HAROMETAL SL - Nº ****3731*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, se ACUERDA:

Se da la ORDEN GENERAL y SE DESPACHA EJECUCIÓN DINERARIA a instancia de AXACTOR PORTFOLIO HOLDING, representada por el/la Procurador/a, EDUARDO SILVA MUÑOZ, en adelante parte ejecutante, contra JOSE ANTONIO HARO HARO, MATIAS HARO DE HARO y HAROMETAL SL, en adelante parte ejecutada, por las cantidades de 5.393,71euros de PRINCIPAL, más otros 1.618,11 euros presupuestados para INTERESES y COSTAS sin perjuicio de su ulterior liquidación, ejecución que se despacha en forma solidaria respecto de todos los ejecutados.

Queden los autos sobre la mesa del/la Letrado/a de la Administración de Justicia a los efectos de dictar el correspondiente decreto de medidas ejecutivas del art. 551.3 LEC.

Conforme al art. 553 LEC, notifíquese la presente resolución simultáneamente con el decreto de medidas ejecutivas a las partes y al/los ejecutado/s, o al/los Procurador/es que lo represente/n, con entrega de copias de la demanda ejecutiva y documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.

Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art.551.4 LEC, sin perjuicio de que el/los ejecutado/s puedan oponerse a la ejecución despachada dentro del plazo de DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este auto.

Así lo acuerda y firma el/la Magistrado/a-Juez arriba referido/a, de lo que yo el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, JAVIER PASTOR ORTIZ, DOY FE.

EL/LA MAGISTRADO/A-JUEZ EL/LA LETRADO/A DE LA

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Huércal-Overa, 30 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JAVIER PASTOR ORTIZ

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