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Documento BOE-J-2023-118899

GRANADA. Edicto de 28 de marzo de 2023 en procedimiento civil número 229/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-118899

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 229/2022

NIG: 1808742120200002775

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

DAVID ESTEVE VALERO - NIF/NIE: ***3356**

DECISORIA DE NEGOCIOS SL - NIF/NIE: ****8421*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado auto de fecha 21 de marzo de 2023 cuyo tenor literal de la parte dispositiva es lasiguiente:

Se tiene por ampliada la EJECUCION en su día despachada por auto de fecha 20 de abril de 2020 frente a DAVID ESTEVE VALERO y DECISORIA DE NEGOCIOS SL en cantidad de 3.440,20 euros de principal y 1.032,03 euros calculados para intereses y costas de la ejecución, todo ello en concepto del pago de las costas aprobadas por Decreto de fecha 14 de marzo de 2022 del Procedimiento Ordinario 106/2020.

En consecuencia la cantidad reclamada en la presente ejecución en concepto de principal asciende a la suma total de 20.966,33 euros mas la de 6.289,87 euros presupuestada para intereses, gastos y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Se acuerda la mejora de embargo por las cantidades referenciadas en la ampliación, sobre los embargos trabados por Decretos de fecha 20/04/2022 y 15/02/2022.

Dada la naturaleza de los bienes objeto de la traba, para la GARANTÍA y efectividad de la mejora acordada, conforme a lo dispuesto en los arts. 621 y ss. y 629 LEC, actualícese los embargos telemáticos practicados sobre los saldos y depósitos que ostente la parte ejecutada DAVID ESTEVE VALERO y DECISORIA DE NEGOCIOS SL en las entidades bancarias adheridas a la plataforma del CGPJ y las cantidades que deban percibir los ejecutados de la AEAT en concepto de devoluciones tributarias.

Constando el ignorado paradero de los ejecutados, notifiquese la presente resolución por edictos que se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único.

Notifíquese al demandado, haciéndole saber que esta resolución es firme, y contra la misma no cabe recurso alguno (art. 555.1 LEC) sin perjuicio de que el deudor/res puedan oponerse a la ampliación despacha de dentro de los DIEZ días siguientes a la notificación de este auto.

Lo acuerda y firma el/la MAGISTRADO/JUEZ , doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de DAVID ESTEVE VALERO y DECISORIA DE NEGOCIOS SL, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

GRANADA a veintiuno de marzo de dos mil veintitrés.

Granada, 28 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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