Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18071
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 831/2022
NIG: 1808742120220033400
Diligencia
Fecha: 23/03/2023
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: 20 DIAS
SABIKA CONSULTING, SLU - Nº ****7554*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
EDICTO
Cédula de emplazamiento
Dª ALICIA PILAR RAYA GARCIA, Letrado/a de la Administración de Justicia del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 2 DE GRANADA, DE MARCAS, PATENTES Y PROTECCIÓN JURÍDICA DEL DISEÑO INDUSTRIAL, HACE SABER
En autos de Procedimiento Ordinario nº 831/22-04 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: Dª ALICIA PILAR RAYA GARCIA
En GRANADA, a veinte de enero de dos mil veintitrés.
El anterior escrito de la Procuradora Dª JOSEFA HIDALGO OSUNA, y poder electrónico acompañado, únase a los autos; y
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por la Procuradora de los tribunales, Dª JOSEFA HIDALGO OSUNA, en nombre y representación de TRIBECA TURISTICA SL, ha presentado demanda de juicio ordinario, en ejercicio de accción de reclamación de cantidad por incumplimiento de contrato y de responsabilidad solidaria de su Administrador Único, señalando como partes demandadas a SABIKA CONSULTING SLU y a D. ANTONIO MANUEL VEGA GUZMAN, acompañando la documentación pertinente.
Segundo.-Expresa el actor que la cuantía de la demanda es de 28.662,40 euros.
Tercero.- Requerida la parte demandante para que subsanara el defecto de representación de su Procuradora, ha procedido a subsanarlo dentro del plazo que se le concedió al efecto, mediante poder electrónico otorgado a su favor por el representante legal de TRIBECA TURÍSTICA, S.L.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Examinada la anterior demanda, y a la vista de los datos y la documentación aportada, la parte demandante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesales, necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los artículos 6,7,23 y 31 de la L.E.C.
Segundo.- Asimismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, este órgano tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas, según los artículos 37, 38 y 45 de la L.E.C.
Tercero.- Examinada la competencia territorial corresponde su conocimiento a este órgano en virtud de las normas previstas en los artículos 50 y siguientes de la L.E.C.
Cuarto.- Por lo que respecta a la clase de juicio, la parte actora, cumpliendo lo ordenado en el artículo 253.2 de la L.E.C., ha expresado justificadamente en su escrito inicial la cuantía de la demanda, por lo que procede sustanciar el proceso por los trámites del juicio ordinario, según dispone el artículo 249 de la L.E.C.
Quinto.- Por lo expuesto, procede la admisión a trámite de la demanda y, como ordena el artículo 404.1 de la L.E.C., dar traslado de ella al demandado para que la conteste en el plazo de veinte días.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
- Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por la Procuradora de los tribunales, Dª JOSEFA HIDALGO OSUNA, en nombre y representación de TRIBECA TURISTICA SL, frente a SABIKA CONSULTING SLU y frente a D. ANTONIO MANUEL VEGA GUZMAN.
- Sustanciar el proceso por las reglas del juicio ordinario.
- Emplazar a los demandados, con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la contesten en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, con las siguientes prevenciones:
- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal ( artículo 496.1 L.E.C.).
- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado ( artículos 23 y 31 de la L.E.C. ).
MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Hace saber:
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. como consecuencia del resultado negativo de las gestiones llevadas a cabo para el emplazamiento de la mercantil demandada SABIKA CONSULTING, SLU, con CIF nº B19675545 , se extiende la presente para que sirva de cédula de emplazamiento a la misma.
Granada, 27 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA
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