Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Burgos
Dirección: Avenida DE LOS REYES CATOLICOS 51 bis
Localidad: Burgos
Código Postal: 09005
Provincia: Burgos
Teléfono: 947284374
Correo electrónico: mercedes.bastida@justicia.es
Concursal
Número: 30/2023
NIG: 0905942120230000376
Auto
Fecha: 21/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
DÑA. BEATRIZ BRIONES SANTAMARÍA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE BURGOS, por el presente,
HAGO SABER:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial como Concurso Ordinario 30/2023 y NIG 09059 42 1 2023 0000376, por la Procuradora MARÍA LUISA LÓPEZ CALZA, se solicitó fuera declarado en concurso de acreedores su representado PAULINO MOLINA BARRIUSO, con NIF ----7986F, y domicilio en ARANDA DE DUERO (BURGOS). Dicha petición se remitió el 18 de enero de 2023 y se repartió a este Juzgado el día 20 del mismo mes y año, dictándose Auto el 21 de febrero de 2023 declarando el concurso voluntario de acreedores de PAULINO MOLINA BARRIUSO.
Que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor sobre la masa activa, en los términos establecidos en los art. 106,107 y concordantes del TRLC.
Que 14 de marzo de 2023, el economista FRANCISCO TOMÁS MARTÍNEZ CASADO, con NIF 03089262V, y domicilio profesional en MADRID, Pº DE LA CASTELLANA, 143 PLANTA 7, con tfno: 913100052 y correo electrónico a efectos del presente concurso paulinomolina@moore.es, aceptó, y se le tuvo por aceptado en el cargo de administrador concursal.
Que se ha acordado el llamamiento a los acreedores de la concursada para que, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal, si a su derecho interesa, la existencia de sus créditos, en los términos y formas establecidos en los artículos 256, 257 y 258 del TRLC.
Se advierte a los acreedores de que las comunicaciones de créditos que se realicen al juzgado y no a la administración concursal no serán tenidas en cuenta.
Se advierte de que, dentro del plazo anterior, los acreedores o cualquier personado en el concurso podrán remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto consideren relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que consideren oportunos (art. 447 TRLC).
Se advierte a los acreedores, personas legitimadas y con interés legítimo que deben actuar representados por procurador (cuyo poder debe tener otorgadas facultades concursales) y asistidos por letrado para comparecer en el procedimiento, para presentar solicitudes o demandas, para actuar en los incidentes que se incoen o para interponer recursos. Todo ello sin perjuicio de lo establecido para las administraciones públicas y los trabajadores en el art. 513 del TRLC.
Que en el Registro Público Concursal se publicarán las resoluciones que traigan causa del presente concurso, cuya dirección electrónica es https://www.publicidadconcursal.es.
Burgos, 28 de marzo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BEATRIZ BRIONES SANTAMARIA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid