Está Vd. en

Documento BOE-J-2022-546745

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 13 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 287/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 301, de 16 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2022-546745

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621448

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 287/2020

NIG: 1204066120200000326

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: un mes

DESTINATARIOS

A todos los interesados y acreedores de "Promociones Maritim 2010 SL", con CIF nº B12714531

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal CONCURSO ABREVIADO [CNA] número 000287/2020 referente al deudor PROMOCIONES MARITIM 2010 SL, con CIF nº B12714531 se ha acordado por AUTO DE 09/12/2022 APROBAR EL PLAN DE LIQUIDACIÓN presentado por la Administración concursal de la concursada "PROMOCIONES MARITIM 2010 SL", datado con fecha 07/07/2022, al que habrán de sujetarse las operaciones de liquidación de la masa activa, siendo aplicable, en lo no previsto, las normas supletorias que recoge el artículo 149 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

SEGUNDO.- Se ha ordenado la formación de la SECCIÓN SEXTA, DE CALIFICACIÓN. La sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la administración.

TERCERO.- Se concede a los acreedores el plazo de UN MES para que remitan por correo electrónico a la administración concursal cuanto consideren relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que consideren oportunos (447 TRLC). Transcurrido el citado plazo, la Administración deberá presentar, en el plazo de QUINCE días, el informe prevenido en el artículo 448 de la Ley Concursal.

www.publicidadconcursal.es

Castelló de la Plana, 13 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid