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Documento BOE-J-2022-539124

MADRID. Edicto de 2 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 44/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-539124

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 17 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917201073

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 44/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 05/07/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

EL RINCON DE LAS GEMELAS, S.L, - Nº ****4030*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Ejecución de títulos judicialesentre AISGE y EL RINCON DE LAS GEMELAS, S.L. en reclamación de 57,08 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA SR D. GUSTAVO ADOLFOCARASA ANTON

Lugar: Madrid

Fecha: cinco de julio de dos mil veintidós

ANTECEDENTES DE HECHOÚNICO.

- En fecha 05/07/2022 se dictó auto despachando ejecución contra elejecutado EL RINCON DE LAS GEMELAS, S.L. a favor de del ejecutante AISGE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Conforme a lo exigido en el art. 545.4 de la L.E.C. y lo dispuesto enlos arts. 584, 587 y 593 del citado texto, procede decretar el embargo de los bienes quese indicarán en la parte dispositiva de esta resolución, como de propiedad delejecutado EL RINCON DE LAS GEMELAS, S.L., para cubrir la suma por la que se hadespachado ejecución, librándose asimismo los oportunos despachos para garantizar la traba.

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta el embargo de los siguientes bienes, como de propiedad del ejecutado EL RINCON DE LAS GEMELAS, S.L., para cubrir la suma de 42,84 euros de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos más otros 14,24 euros de interesesy costas presupuestadas:

· Saldos en cuenta corriente en las entidades financieras adscritas al Conveniofirmado entre estas y el CGPJ. Practíquese la traba vía telemática.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de REVISION enel plazo de cinco días desde su notificación, ante este Juzgado, expresando la infracciónen que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y 454.2 bis ysiguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta5515-0000-05-0044-22 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando enel campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 5515-0000-05-0044-22

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O.1/2009 Disposición Adicional 15).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El Letrado de la Admón. de Justicia

Y para que sirva de notificación a EL RINCON DE LAS GEMELAS, S.L.expido y firmo la presente en Madrid, a treinta de noviembre de dos mil veintidós

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Madrid, 2 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, GUSTAVO ADOLFO CARASA ANTON

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