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Documento BOE-J-2022-538348

VALÈNCIA. Edicto de 2 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 765/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2022-538348

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 765/2022

NIG: 4625066120220004083

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de Juan Cuartero Chumillas

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de concurso voluntario a Juan Cuartero Chumillas, cuyos datos son: mayor de edad, con DNI 22680638Q, vecino de Alfafar, concretamente en C/La Veleta nº 7, planta baja.Procédase a la publicación del auto declarando el concurso de acreedores, poniendo de manifiesto que el pasivo concursal asciende a la cantidad aproximada de 243.307,61 euros, ordenando la remisión telemática al BOE para su publicación en el suplemento del tablón edicto judicial único y la publicación en el registro público concursal, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal a los efectos del artículo 37 ter TRLC.Expídase por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Civil en el que figure inscrita el solicitante, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso.Expirado el plazo de alegaciones previsto en el art. 37 ter TRLC sin haberse recibido ninguna, la solicitante podrá interesar la concesión de exoneración del pasivo insatisfecho.Fórmese la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.Notifíquese esta resolución al deudor y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores, AEAT, TGSS y Fogasa.Sin recurso, ex art. 12 TRLC.Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe."

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València, 2 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

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