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Documento BOE-J-2022-538306

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 5 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 396/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2022-538306

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona

Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31071

Provincia: Navarra

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 396/2022

NIG: 3120147120220000365

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso de D. ALBERTO LÓPEZ ÁLVAREZ

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en el Concurso Consecutivo Abreviado número 0000396/2022, NIG 3120147120220000365, del al deudor ALBERTO LOPEZ ALVAREZ, con NIF nº 53527167A y domicilio en SARRIGUREN, por auto de 24 de noviembre del 2022, subsanado por auto de 01 de diciembre del 2022, se ha acordado la declaración del concurso consecutivo voluntario y simultáneamente la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:

1.- Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso consecutivo presentada por la Procuradora LEYRE ORTEGA ABAURREA, en nombre y representación del deudor, D. ALBERTO LÓPEZ ÁLVAREZ, de estado civil casado en régimen de conquistas.

2.- SE DECLARA a D. ALBERTO LÓPEZ ÁLVAREZ con DNI nº 53527167A, en situación de CONCURSO CONSECUTIVO voluntario y simultáneamente acuerdo su CONCLUSIÓN por insuficiencia de masa activa.

3.- Se otorga el plazo de 15 días al deudor para realizar la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho, ante este Juzgado, siempre que los mismos acrediten cumplir con los requisitos del art. 487 y ss TRLC.

4.- Anúnciese la declaración del concurso voluntario y su conclusión mediante extracto con el contenido que dispone el 35 TRLC, en el Boletín Oficial del Estado de manera gratuita, mediante su publicación en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) del BOE, así como en el Registro Público Concursal.

5.- Ordeno la publicidad registral a la que se refiere el artículo 36 TRLC y 557 TRLC en virtud de ello:Mandar anotar y una vez firme, inscribir, en el Registro Civil de Gijón la declaración de Concurso Consecutivo Voluntario y su conclusión, a cuyos efectos se librará el exhorto al Registro Civil de Gijón.

6.- COMUNÍQUESE la presente declaración de concurso y simultanea conclusión del concurso al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA) de acuerdo con lo dispuesto en el art 514 TRLC, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.

7.- Los legitimados conforme al TRLC para personarse en el procedimiento deben hacerlo representados por procurador/a y asistidos de letrado/a.

8.- Notífiquese este auto a las partes personadas, al deudor y a su cónyuge Dª. Izaskun Villaverde Celay.

MODO DE IMPUGNACIÓNContra la presente resolución cabe interponer, por quien acredite interés legítimo, RECURSO DE APELACIÓN ante la Audiencia Provincial, que no tendrá caracter suspensivo.El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS, contados desde la última publicaión del anuncio de declaración del concurso y limitado a citar la resolución recurrida.

Pamplona/Iruña, 5 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ENRIQUE SANCHEZ SANCHEZ

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