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Documento BOE-J-2022-538290

MÁLAGA. Edicto de 2 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 682/2008.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-538290

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951939040

Correo electrónico: mercantil1.malaga.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 682/2008

NIG: 2906742020080000815

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso 682/2008 de PROYCONTEC.SL.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

AUTO Nº 450/22

PARTE DISPOSITIVA

ACORDAR LA CONCLUSION DEL PRESENTE procedimiento de concurso de acreedores de la entidad PROYCONTEC, S.L. con C.I.F. B29534104 por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, por las razones expuestas en los fundamentos jurídicos de la presente, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento y cesando asimismo la administración concursal.

Se acuerda la extinción de la sociedad, debiendo procederse al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Málaga, para lo cual se librará el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución.

ACUERDO APROBAR LA RENDICION DE CUENTAS presentada por la Administración Concursal en los términos y por las razones expuestas en el fundamento jurídico segundo de la presente.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Lo acuerda y firma el/la MAGISTRADO-JUEZ, doy fe.

Málaga, 2 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVINIA JIMENEZ CHAMIZO

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