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Documento BOE-J-2022-538289

MÁLAGA. Edicto de 2 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 66101/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2022-538289

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951938529

Correo electrónico: JMercantil.2.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 66101/2022

NIG: 2906742120220037185

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores y terceros interesados en el concurso de RESTAURANTE BERROCAL, S.L., B-92668144

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Anuncia

1.- Que en el procedimiento concursal número 661/2022 referente al concursado RESTAURANTE BERROCAL, S.L. se ha dictado Auto en la Sección 1ª (General) 661.01/2022, abriendo la fase de liquidación, cuyo contenido es del siguiente tenor literal:

AUTO Nº 549/22

Dña. MARÍA JOSÉ GALIANO NIEVES.

En Málaga, a veinticinco de noviembre de dos mil veintidós.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNICO.- En el presente procedimiento concursal, mediante escrito de fecha 22 de noviembre, se ha solicitado por la concursada, la apertura de la liquidación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Establece el artículo 406 del Texto Refundido de la Ley Concursal que “El deudor podrá pedir la liquidación en cualquier momento y el juez, dentro de los diez días siguientes a la solicitud, dictará auto abriendo la fase de liquidación.”Siendo este el caso, procede acordar conforme a lo solicitado, la apertura de la liquidación.

SEGUNDO.- Abierta la fase de liquidación procede actuar conforme a lo dispuesto en los artículo 411 y siguientes del TRLC en los términos que se expresan en la parte dispositiva.

Vistos los artículos citados y demás de pertinente aplicación acuerdo:

PARTE DISPOSITIVA

1.- En el presente procedimiento concursal del concursado RESTAURANTE BERROCAL,S.L se abre la fase de liquidación, procediendo a la formación de la Sección quinta.

2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el TABLÓN JUDICIAL EDICTAL ÚNICO DEL BOE y en el Registro Público Concursal, Procédase a la inscripción de la apertura de la fase de liquidación en los Registros en los que se ha hecho constar la declaración de concurso.

4.- En el plazo de 10 DÍAS naturales, computados desde la notificación de esta resolución ,deberá la Administración Concursal informar acerca de las reglas especiales de liquidación que considere oportunas, a los efectos de lo previsto en el artículo 415.1 del TRLC.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de lo Mercantil nº 2 nº 4659 0000 52 0661 22, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código ‘02’, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Lo acuerda y firma el/la MAGISTRADO-JUEZ, doy fe.

LA MAGISTRADO-JUEZ LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

En Málaga a veinticinco de noviembre de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Málaga, 2 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA ISABEL DEL POZO AGUILAR

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