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Documento BOE-J-2022-538260

MADRID. Edicto de 2 de diciembre de 2022 en procedimiento concursal número 459/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-538260

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930527

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 459/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Doña Luz María Benito Monsalvo

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Doña Adela Moreno Blanco Letrada Admon de Justicia Mercantil Nº 1 Madrid HAGO SABER

1.- Que en el concurso Concurso ordinario 459/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0392073, por Auto de fecha 16 de Noviembre, se ha declarado en concurso ordinario, a D./Dña. LUZ MARIA BENITO MONSALVO, con n° de identificación 70875618Z, y domiciliado en CALLE: de Peña de la Atalaya, n° 81 Esc/Piso/Prta: 1 IZ Madrid (Madrid).

2.- Que se ha acordado publicar este Edicto para el llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado a que se refiere el art. 37 ter. TRLC.

3.-Si dentro del mencionado plazo, ningún legitimado formula esa solicitud, se procederá a la conclusión del concurso con los efectos previstos en el art. 485 TRLC.

4.-Notifíquese esta resolución al deudor, a las partes comparecidas, a la AEAT, a la TGSS, al FOGASA y a la representación legal de las personas trabajadoras si el concursado fuera empleador.

Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 2 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ADELA MORENO BLANCO

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