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Documento BOE-J-2022-528132

MADRID. Edicto de 28 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 437/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 289, de 2 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-528132

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 12 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930518

Correo electrónico: mercantil12@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 437/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Luis Antonio Pinargote Suárez, con NIF 51709739N

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el concurso Concurso consecutivo 437/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0355842, por auto de fecha 21/11/2022, se ha declarado en concurso voluntario, a D. LUIS ANTONIO PINARGOTE SUAREZ, con nº de identificación 51709739N, y domiciliado en CALLE: de Eugenia de Montijo, nº 56, 2ºA Madrid (Madrid)

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y ss. TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es D. AMALIO MIRALLES GÓMEZ, con domicilio postal en PASEO: de la Castellana, nº 23, 1ª planta C.P.:28046 Madrid (Madrid), y dirección electrónica concursolapinargote@lener.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 y ss. en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde sepublicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 28 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS ESPINOSA NAVARRO

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid