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Documento BOE-J-2022-528131

MADRID. Edicto de 28 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 432/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 289, de 2 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2022-528131

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914936417

Correo electrónico: pas24@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 432/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 dias

DESTINATARIOS

Acreedores de D. Antonio Luis Barba Noguera y Dª Mª del Carmen López Martín

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dña. María Jesús Palmero Sandín, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid.

ANUNCIA

1.- Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer del concurso 432/2022 de D. Antonio Luis Barba Nogueras DNI 34.820.011-S y Dª Mª del Carmen López Martín DNI 70.044.782-F

2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, del deudor D. Antonio Luis Barba Nogueras DNI 34.820.011-S y Dª Mª del Carmen López Martín DNI 70.044.782-F; sin más pronunciamientos.

Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales concursales del Libro I, en redacción recibida por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.

3.- El pasivo relevante a efectos de solicitar la designación de administración concursal que elabore en informe del art. 37.ter.1º TRLCo asciende a la cantidad de 25.876,31-€; de lo que resulta que el acreedor o acreedores titulares de créditos que sumen 1.293,81.-€ estarán legitimados para dicha solicitud.

4.- Se concede a dichos acreedores legitimados que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, el plazo de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE, y en el Registro Público Concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLCo.

A los meros efectos informativos y de modo provisional se fija el coste por retribución de dicho administrador concursal por la emisión de dicho informe, en la cantidad de 517,52.-€ (más sus correspondientes impuestos indirectos).

5.- Siendo el deudor persona natural, trascurrido el anterior plazo de quince (15) días sin que se haya solicitado el nombramiento de administración concursal para elaborar dicho informe, previo dictado y notificación de Diligencia de Ordenación en tal sentido, podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho en los términos y plazos del art. 501 del TRLCo en relación con el art. 37.ter.2 TRLCo.

De no solicitarse dicha exoneración en el indicado plazo, pasen los autos para resolver sobre la conclusión del concurso.

Madrid, 28 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS PALMERO SANDIN

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