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Documento BOE-J-2022-518759

ANDÚJAR. Edicto de 22 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 690/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2022-518759

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Andújar

Dirección: Calle ALTOZANO ARZOBISPO JOSE MANUEL ESTEPA S/N

Localidad: Andújar

Código Postal: 23740

Provincia: Jaén

Teléfono: 953965062

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.1.Andujar.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 690/2019

NIG: 2300542120190001862

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 16/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: cinco dias

DESTINATARIOS

MIGUEL LOPEZ GIRON - NIF/NIE: ***3923**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D/Dª MARIA DOLORES CABRERA GALLARDO

En ANDUJAR, a dieciseis de noviembre de dos mil veintidós.

El anterior escrito presentado por el procurador Sr Lopez Nieto en nombre y representacion de MERCEDES-BENZ FINANCIAL SERVICES ESPAÑA, EFC, S.A. unase a los autos de su razón.

Habiendose notificado al demandado MIGUEL LOPEZ GIRON la resolucion de fecha 4-02-2022 por medio de edictos y habiendo transcurrido el plazo concedido al mismo sin que se haya personado, se tiene dicha parte por precluido el trámite de contestación a la demanda y se declara en rebeldia procesal en virtud de lo establecido en el artículo 496.1 de la L.E.C notificandose la presente resolucion asi como las demás que se dicten en el proceso en el Tablon Judicial Edictal Unico, estandose a lo previsto en el artículo 497 de la L.E.C.

Cumplidos los plazos y trámites previstos en el artículo 414.1 de la L.E.C., y de acuerdo con lo dispuesto en el mismo, se convoca a las partes a la audiencia previa al juicio, para:

1º. Intentar un acuerdo o transacción entre las mismas.

2º. Examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto.

3º. Fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho sobre los que exista controversia.

4º. Proponer y admitir prueba.

5º. Examinar las cuestiones que, con carácter excepcional prevé la ley puedan plantearse en la misma.

Se señala para su celebración el próximo DIA 22 DE MARZO DE 2023 A LAS 10:00 HORAS, en la sede de este tribunal, citándose a las partes con las prevenciones que seguidamente se indican:

- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado.

- Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores, deberán otorgar a estos poder para renunciar, allanarse o transigir.

- Si no comparecieran personalmente ni otorgaren el apoderamiento expresado se les tendrá por no comparecidos (artículo 414. 2 de la L.E.C.).

- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará decreto de sobreseimiento del proceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si sólo comparece la parte demandada y ésta no alegare interés legítimo en que continúe el procedimiento, también se sobreseerá el proceso (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si fuera la parte demandada la que no concurriere a la audiencia, el acto se entenderá sólo con el actor (artículo 414.3 de la L.E.C.).

- Si faltare a la audiencia el abogado de la parte actora, se sobreseerá el proceso, salvo que la parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento (artículo 414.4 de la L.E.C.).

- Si faltare el abogado de la parte demandada, se seguirá la audiencia con el demandante en lo que resultare procedente (artículo 414.4 de la L.E.C.).

La vista/audiencia previa señalada se celebrará sin la presencia del/la Sr/a Letrado/a de la Administración de Justicia, pudiendo las partes solicitar al menos dos días antes de la celebración de la vista/audiencia la presencia del/a mismo/a en la sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 147 de la L.E.C.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

Andújar, 22 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DOLORES CABRERA GALLARDO

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