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Documento BOE-J-2022-518758

ANDÚJAR. Edicto de 22 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 207/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2022-518758

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Andújar

Dirección: Calle ALTOZANO ARZOBISPO JOSE MANUEL ESTEPA S/N

Localidad: Andújar

Código Postal: 23740

Provincia: Jaén

Teléfono: 953965062

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.1.Andujar.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 207/2020

NIG: 2300542120200000527

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 08/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: diez dias

DESTINATARIOS

FRANCISCA CRUZ LOZANO - NIF/NIE: ***7868**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

TASACIÓN DE COSTAS

QUE PRACTICA LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Dª MARIA DOLORES CABRERA GALLARDO, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 243 DE LA LEY 1/2000, DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, EN EL JUICIO Juicio Verbal (250.2) 207/2020.

HONORARIOS SOLICITADOS LETRADO: 302,50 EUROS

DERECHOS SOLICITADOS PROCURADOR SR. JOSÉ MARÍA FIGUERAS RESINO:

Art. 1......................66,11

Art. 5......................22,29

88,40

IVA........................18,56

TOTAL ….106,96 EUROS

COSTAS: 0 EUROS

Importa la presente tasación de costas la cantidad de O EUROS

Proceder fijar la cuantía de la Tasación de Costas en 0 euros, al ser inferior el ímporte del proceso a 2000 euros, no siendo preceptiva la intervención de Letrado ni de Procurador, no existiendo ninguna de las excepciones del artículo 32.5 de la LEC y no siendo aplicable el artícu.lo 21.6 de la LPH al no iniciarse el proceso por petición inicial de proceso monitorio

En ANDUJAR, a ocho de noviembre de dos mil veintidós.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D/Dª MARIA DOLORES CABRERA GALLARDO

En ANDUJAR, a ocho de noviembre de dos mil veintidós.

De la tasación de costas practicada en estos autos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.

Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:

Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo ( artículo 245.2 de la L.E.C.).

La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador ( artículo 245.3 de la L.E.C.).

En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación ( artículo 245.4 de la L.E.C.).

MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

Andújar, 22 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DOLORES CABRERA GALLARDO

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