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Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 637/2022
NIG: 1808742120220027827
Auto
Fecha: 21/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: 1 MES
Acreedores del concursado D. Juan Francisco Castillo Díaz
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
E D I C T O
El Juzgado de lo Mercantil nº2 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 552. 553 y 554 del Texto Refundido de la Ley Concursal,
A N U N C I A
1º.- Que en los Autos de CONCURSO VOLUNTARIO nº 637/2022, con NIG 1808742120220027827, presentado en fecha 25/10/2022 y repartido a este órgano judicial el día 28/10/2022, por auto de fecha 21/11/2022 se ha declarado en concurso al deudor D. JUAN FRANCISCO CASTILLO DÍAZ, con DNI 24277630-A, domicilio en C/ Ciruelos, nº 47, ALBOLOTE (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio.
2.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal.
3º- Que los acreedores de la concursada deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 255 y 256 del texto refundido de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. JOSE MANUEL AGUAYO POZO, VECINO DE Granada DOMICILIO: C/ Angel Ganivet, nº 15-1ª planta-Oficina 1- CP 18009 – Granada, Tel/ 665 68 10 10 y 958296444 y email/ jmaguayo@ecoleygranada.es./
El plazo para esta comunicación es el de UN MES contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el arts. 35 y 552 del T.R.L.C.
4º.- Durante el plazo para la comunicación de créditos, los acreedores y demás personados, podrán remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.
5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del T.R.L.C).
6ª. Póngase en conocimiento de las partes interesadas la apertura de la fase de liquidación del presente concurso
7º- Que el Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso www.publicidadconcursal.es
Granada, 23 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA
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