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Documento BOE-J-2022-514703

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 22 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 134/2019.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 283, de 25 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2022-514703

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621448

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 134/2019

NIG: 1204066120190000146

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

A todos los interesados y acreedores de "COMERCIAL TABIEMVA SL", con C.I.F. número B1290625

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PRIMERO: Que por Auto de fecha 18/11/2022, dictado en el procedimiento de CONCURSO ABREVIADO [CNA], nº000134/2019, N.I.G. nº 12040-66-1-2019-0000146, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del CONCURSO NECESARIO y ABREVIADO que se ha seguido frente al deudor "COMERCIAL TABIEMVA SL", domiciliado en Senda PESCADORS,15 VILA-REAL, CASTELLÓ y C.I.F. número B12906251.

SEGUNDO: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

"...PARTE DISPOSITIVA 1. Se declara la CONCLUSIÓN del presente concurso de COMERCIAL TABIEMVA, S.L. por insuficiencia de masa, así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia.2. Se declara aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal.Diríjanse oportunos mandamientos al Registro Civil para inscripción de la conclusión, así como a los demás registros públicos que procedan. El traslado de los edictos y mandamientos será llevado a cabo por la Procuradora del solicitante del concurso, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. Notifíquese esta resolución a la representación del deudor y, en su caso, a eventuales personados. Notifíquese a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social. Contra este Auto NO cabe recurso.

www.publicidadconcursal.es

Castelló de la Plana, 22 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA

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