Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Torrent
Dirección: Plaza DE LA LIBERTAD 3
Localidad: Torrent
Código Postal: 46900
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961927606
Civil
Número: 1379/2022
Decreto
Fecha: 05/10/2022
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: diez dias
ADRIAN RIDAURA MARTINEZ - NIF/NIE: ***6065**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE TORRENT
N.I.G.:46194-41-1-2022-0000614Procedimiento: Juicio verbal (250.2) [VRB] - 001379/2022-
De: D/ña. GLOBAL KAPITAL GROUP SPAIN, S.L.Procurador/a Sr/a. VELAZQUEZ CARRASCO, CINTIA LEONORContra: D/ña. ADRIAN RIDAURA MARTINEZProcurador/a Sr/a.
CEDULA DE EMPLAZAMIENTO
TRIBUNAL QUE ORDENA EMPLAZAR
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE TORRENT.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
Juicio verbal (250.2) [VRB] - 001379/2022.
PERSONA A LA QUE SE EMPLAZA
ADRIAN RIDAURA MARTINEZ, en concepto de parte demandada.
Domicilio: Urbanización MAS DE LA MUNTANYETA,123 TORRENT.
OBJETO DEL EMPLAZAMIENTO
Contestar a la demanda.
PLAZO PARA CONTESTAR
DIEZ DIAS hábiles a contar desde el siguiente al de este emplazamiento.
PREVENCIONES LEGALES
1. Si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada su rebeldía. no se le volverá a notificar resolución alguna excepto la que ponga fin al procedimiento (artículos 496 y 497 de la L.E.C. )
2. Deberá comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación del proceso (artículo 155.5 de la L.E.C.).
3. Se hace saber a la parte demandada que no siendo necesaria en el presente procedimiento la intervención de Abogado y Procurador, se encuentran a su disposición en el Juzgado unos impresos normalizados para contestar a la demanda.
4. Que el demandado en el escrito de contestación deberá pronunciarse necesariamente, sobre la pertinencia de la celebración de la vista.
5. Siendo la cuantía reclamada inferior a 2000 euros y no siendo preceptivo la intervención de Abogado y Procurador, se le comunica que la parte demandante ha comparecido con Abogado y Procurador. Si Vd. proyecta comparecer con Abogado y Procurador debe comunicarlo a este Juzgado en el plazo de TRES DÍAS siguientes a la recepción de esta cédula (artículo 32 LECn).Si carece de medios suficientes para designar abogado y/o procurador, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. Conforme a lo dispuesto en el artículo 6.3 de la ley reguladora de este derecho, pueden designarse abogado y procurador gratuitos en casos, como el presente, en que no es preceptiva la intervención de estos profesionales, si el Juez o tribunal que conoce del proceso así lo acuerda, para garantizar la igualdad de las partes en el proceso.En tal caso, el tribunal podrá acordar la suspensión del proceso hasta que se produzca el reconocimiento o la denegación del derecho o la designación provisional de abogado y procurador (artículo 32 de la LECn).
En TORRENT, a cinco de octubre de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO ADMON. DE JUSTICIA
Torrent, 16 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE DAVID SEVILLA GARCIA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid