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Documento BOE-J-2022-505969

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 16 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 465/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2022-505969

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621448

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 465/2022

NIG: 1204066120220000501

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores en el procedimiento concursal CONCURSO ABREVIADO [CNA] número 000465/2022 referente al deudor "D. DAVID CALDERON VAQUERIZO" con C.I.F/ DNI. número 53228984S.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

D. VICTOR MARTIN GALLEGO GUILLEN, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. UNO de CASTELLON, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 1 y ss TRLC, HAGO SABER:

PRIMERO: Que por Auto de fecha 11/11/2022, dictado en el procedimiento de CONCURSO ABREVIADO [CNA], nº000465/2022, N.I.G. nº 12040-66-1-2022-0000501, seguido en este Juzgado, se ha declarado en CONCURSO a "D. DAVID CALDERON VAQUERIZO", vecino de LA VALL D'UIXÓ y C.I.F/ DNI. número 53228984S.

SEGUNDO: Con expresión del Pasivo es de 36.412,47 euros, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento (5%) del pasivo, a fin de que, en el plazo de QUINCE (15) DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente un informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 TER del TRLC(conforme Ley 16/2022).

TERCERO: En el caso de que, dentro del plazo de 15 dias previsto, ningún legitimado/acreedor hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

CUARTO : La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a conforme art.512 TRLC, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Más información: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Castelló de la Plana, 16 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR MARTIN GALLEGO GUILLEN

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